Amnistía para pozos ilegales causa daño ambiental y perdidas por ₡1.651 millones
Para buscar mayor entendimiento las organizaciones ambientales hemos estimado el costo que tiene la amnistía para el robo del agua subterránea en para los usos más intensivos. Debido que ni siquera el Departamento de Aguas del MINAE sabe la cantidad de pozos ilegales existentes hoy.
El cálculo se basó en un número aproximado de pozos ilegales que habrían entrado en operación entre 2002 y 2009, calculado en 5 872 para ese periodo, a razón de 2.5 pozos ilegales por cada pozo inscrito legalmente, según la información existente. Esto sin contar las demás explotaciones con pozos anteriores, que de igual forma comenzaron a operar fuera de la legalidad.
Para la estimación se tomó como referencia el año 2002, porque es cuando se establece el Reglamento para Perforación y Exploración de Aguas Subterráneas mediante el Decreto N° 30387-MINAE-MAG (https://bit.ly/2K4glks). En 2002 se reconoce la necesidad de evaluar ambientalmente las perforaciones, previo a obtener la inscripción del pozo.
En la estimación se extrapoló una muestra de información del Estado de la Nación 2010 (p.28), donde se expone que entre 2007 y 2009 se aprobaron 783 nuevos pozos para usos en turismo, agroindustrial, riego y sector industrial. No se consideraron los datos de uso doméstico porque estos responden a los pozos artesanales, que no requieren concesión ni pagan el canon por aprovechamiento del agua.
Los 783 pozos legales analizados para basar el cálculo pagan en promedio ₡180 082 anuales de canon, y explotan en promedio entre 0.64 y 1.5 litros de agua por segundo, según el tipo de uso. Con base en este perfil se estimó que los pozos ilegales beneficiados por la amnistía estarían explotando un volumen de 156 millones de metros cúbicos de agua anuales, esto sin contar los otros miles de pozos irregulares perforados antes del 2002.
Daños ambientales impunes
Desde la Federación, integrada por organizaciones comunales por la defensa del agua, hemos considerado que la amnistía premia injustamente la ilegalidad con la que las empresas perforadoras y grandes consumidores de agua realizan sus extracciones de agua subterránea, afectando de esa forma no solo al ambiente, en casos conocidos de acuíferos sobreexplotados y con procesos de salinización por agotamiento del recurso subterráneo, sino también a los ríos que dependen de los regímenes de agua subterráneas.
De igual manera se considera que los grandes volúmenes extraídos impactan en la profundización de los niveles de agua subterránea que afectan a campesinos y pequeños productores que utilizan pozos artesanales, por lo que hay toda una cadena de afectaciones que, al no haber sido evaluadas ambientalmente, se legalizarían impunemente bajo una amnistía como la pretendida.
Desde el 2002 la reglamentación señala la necesidad de evaluar previo a la autorización para evitar afectación a fuentes de consumo humano, además de aclarar el procedimiento de análisis ambiental es este tipo de pozos:
- Pozos ilegales beneficiados por la amnistía estarían explotando un volumen de 156 millones de metros cúbicos de agua anuales;
- Los grandes volúmenes extraídos impactan en la profundización de los niveles de agua subterránea que afectan a campesinos y pequeños productores que utilizan pozos artesanales;
Para buscar mayor entendimiento las organizaciones ambientales hemos estimado el costo que tiene la amnistía para el robo del agua subterránea en para los usos más intensivos. Debido que ni siquera el Departamento de Aguas del MINAE sabe la cantidad de pozos ilegales existentes hoy.
El cálculo se basó en un número aproximado de pozos ilegales que habrían entrado en operación entre 2002 y 2009, calculado en 5 872 para ese periodo, a razón de 2.5 pozos ilegales por cada pozo inscrito legalmente, según la información existente. Esto sin contar las demás explotaciones con pozos anteriores, que de igual forma comenzaron a operar fuera de la legalidad.
Para la estimación se tomó como referencia el año 2002, porque es cuando se establece el Reglamento para Perforación y Exploración de Aguas Subterráneas mediante el Decreto N° 30387-MINAE-MAG (https://bit.ly/2K4glks). En 2002 se reconoce la necesidad de evaluar ambientalmente las perforaciones, previo a obtener la inscripción del pozo.
En la estimación se extrapoló una muestra de información del Estado de la Nación 2010 (p.28), donde se expone que entre 2007 y 2009 se aprobaron 783 nuevos pozos para usos en turismo, agroindustrial, riego y sector industrial. No se consideraron los datos de uso doméstico porque estos responden a los pozos artesanales, que no requieren concesión ni pagan el canon por aprovechamiento del agua.
Los 783 pozos legales analizados para basar el cálculo pagan en promedio ₡180 082 anuales de canon, y explotan en promedio entre 0.64 y 1.5 litros de agua por segundo, según el tipo de uso. Con base en este perfil se estimó que los pozos ilegales beneficiados por la amnistía estarían explotando un volumen de 156 millones de metros cúbicos de agua anuales, esto sin contar los otros miles de pozos irregulares perforados antes del 2002.
Daños ambientales impunes
Desde la Federación, integrada por organizaciones comunales por la defensa del agua, hemos considerado que la amnistía premia injustamente la ilegalidad con la que las empresas perforadoras y grandes consumidores de agua realizan sus extracciones de agua subterránea, afectando de esa forma no solo al ambiente, en casos conocidos de acuíferos sobreexplotados y con procesos de salinización por agotamiento del recurso subterráneo, sino también a los ríos que dependen de los regímenes de agua subterráneas.
De igual manera se considera que los grandes volúmenes extraídos impactan en la profundización de los niveles de agua subterránea que afectan a campesinos y pequeños productores que utilizan pozos artesanales, por lo que hay toda una cadena de afectaciones que, al no haber sido evaluadas ambientalmente, se legalizarían impunemente bajo una amnistía como la pretendida.
Desde el 2002 la reglamentación señala la necesidad de evaluar previo a la autorización para evitar afectación a fuentes de consumo humano, además de aclarar el procedimiento de análisis ambiental es este tipo de pozos:
Artículo 10.—Recibidas las audiencias y realizados los estudios correspondientes con la información disponible, se resolverá sobre si el sitio propuesto de perforación es viable técnica, legal y ambientalmente. Se deberá denegar el permiso de perforación en aquellas áreas que no permitan una explotación racional del recurso hídrico por encontrarse en situaciones como: a) Zonas declaradas por el Estado o instituciones competentes en la materia, como áreas de protección y reserva acuífera. b) Zonas con sobre- explotación, bajo condiciones de vulnerabilidad de la capacidad máxima de explotación de acuífero. c) Zonas susceptibles a la intrusión salina, contaminación u otras razones que ha juicio del MINAE y SENARA, afecten el acuífero e impidan la explotación del mismo. d) Zona de interferencia con otros pozos o nacientes de agua. (Reglamento para Perforación y Exploración de Aguas Subterráneas.)
Por tanto, no es justificable que se pretenda una amnistía desde el 2010 basado en reglamentación más reciente, omitiendo que desde el 2002 existió ya la obligación de inscribir debidamente los nuevos pozos, basado en análisis ambientales exhaustivos.
Algo importante es que el Decreto firmado por el Gobierno de Carlos Alvarado no fue sometido a consulta pública ni por el MAG ni por el MINAE. Por lo tanto, goza de poca transparencia o participación de la población.
Otra preocupación importante es que la amnistía, planteada para pozos antes del 2010, permita legalizar cualquier pozo ilegal perforado en cualquier fecha, pues al estar en condición irregular, su documentación carece de legitimidad para reconocer su entrada en operación.
La situación de legalizar miles de pozos irregulares, otorgaría derechos a los propietarios que harán más complicado intervenir la situación de sobreexplotación de cuencas y mantos acuíferos especialmente afectados, como los de Guanacaste. Con la medida se reconoce la incapacidad del Estado de intervenir el problema, por lo que no se dan muchas luces de avance en una política efectiva de control de la explotación del agua subterránea en el país.
Algo importante es que el Decreto firmado por el Gobierno de Carlos Alvarado no fue sometido a consulta pública ni por el MAG ni por el MINAE. Por lo tanto, goza de poca transparencia o participación de la población.
Otra preocupación importante es que la amnistía, planteada para pozos antes del 2010, permita legalizar cualquier pozo ilegal perforado en cualquier fecha, pues al estar en condición irregular, su documentación carece de legitimidad para reconocer su entrada en operación.
La situación de legalizar miles de pozos irregulares, otorgaría derechos a los propietarios que harán más complicado intervenir la situación de sobreexplotación de cuencas y mantos acuíferos especialmente afectados, como los de Guanacaste. Con la medida se reconoce la incapacidad del Estado de intervenir el problema, por lo que no se dan muchas luces de avance en una política efectiva de control de la explotación del agua subterránea en el país.
Contacto: Dany Villalobos, teléfono: 89147887