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miércoles, 8 de febrero de 2012

RECURSO DE AMPARO CONTRA LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA PRESIDENTA EJECUTIVA DE LA CCSS PAGO DE INTERESES AL SISTEMA BANCARIO




Estimados conciudadanos que luchan por los intereses del Pueblo.

He recibido muchos correos electrónicos de varios de Ustedes y de otras personas, expresándose de manera preocupante por el préstamo en que se vio envuelta nuestra Benemérita Institución la Caja Costarricense de Seguro Social al no poder hacer efectivos los "PAPELES" que le entregó el Gobierno el recién pasado 27 de Diciembre como pago de su multimillonaria deuda.

De igual forma mi malestar llegó a tal punto que entre el Sábado y Domingo recién pasado, me dí a la tarea de confeccionar un Recurso de Amparo contra la Presidenta de la República y de la Presidenta Ejecutiva de la CCSS por su inacción y por dejarnos en total indefensión a los Asegurados por el hecho de ser cómplice del Gobierno al no exigir a éste, que cumpla con lo que indica nuestra Carta Magna en sus artículos 73 y 177.  


La Constitución Política de Costa Rica dice:
“ARTICULO 73.- Se establecen los seguros sociales en beneficio de los trabajadores manuales e intelectuales, regulados por el sistema de contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores, a fin de proteger a éstos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerta y demás contingencias que la ley determine.
La administración y el gobierno de los seguros sociales estarán a cargo de una institución autónoma, denominada Caja Costarricense de Seguro Social”.
“ARTICULO 177.-
(…)
Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia en las rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.”
(La negrita y subrayado no forman parte del original)

Por esta razón el domingo 5 de Febrero del año 2012 a las 12:47 pm interpuse formal RECURSO DE AMPARO.

Defendamos lo que nos pertenece NO SE LOS ENDOCEMOS A LOS POLITICOS DE TURNO.

ADJUNTO ARCHIVO CON EL RECURSO

Saludos cordiales


Roberto Mora Salazar
            8340-4504