jueves, 14 de septiembre de 2017

ICE plantea cobrar uso 'excesivo' en vez de restringir velocidad de Internet



El uso "excesivo" de Internet móvil atribuido a algunos clientes de telefonía se regularía mejor mediante el cobro de ese consumo adicional, en vez de limitar la velocidad de acceso a la red con políticas de "uso justo". 
Ese es el criterio del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que opera con la marca Kölbi, para manejar la supuesta saturación de la red sin tener que eventualmente castigar a todos los clientes pospago. La Sutel afirma que de 1,8 millones de esos usuarios, unos 90.000 (5%) acaparan el 35% de la red móvil, lo que afecta el acceso de todos.
"En el mercado e industria mundial, el mecanismo más eficiente es la fijación de pagos según el volumen de consumo; ocurre con el agua, la luz y los combustibles donde los consumidores regulan el uso que hacen de esos servicios sin ninguna acción de los proveedores", afirmó Luis Roberto Hernández, director del Negocio Información y Televisión del ICE.
Sutel describe esos usuarios como de consumo intensivo de datos mediante descarga de información, videos e intercambio de archivos a través de mensajería.
Para el Instituto, el tema es del mayor interés porque la política de uso justo afecta solo a clientes con planes pospago, donde Kölbi tiene el mayor segmento.
Al diciembre del 2016, las líneas prepago representaban 78% (6,4 millones de servicios) del mercado celular frente a solo 22% (1,8 millones) de enlaces pospago. No obstante, los contratos pospago aportaron 55% del ingreso total en telefonía móvil ese año. De ¢347.700 millones; pospago sumó ¢191.235 millones.
En el pospago, el ICE posee 68% de ese segmento frente a 21% para la empresa mexicana América Móvil (Claro Costa Rica) y 9% para la española Telefónica (Movistar Costa Rica).
El planteamiento del Instituto se conoce en momentos en que la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) analiza cambios en esa llamada política de "uso justo" por orden de la Sala Constitucional, para la cual esa medida lesiona "derechos fundamentales" de los consumidores locales al delegar en proveedores del servicio la fijación de velocidades de acceso mínimas".
Según la resolución, empresas proveedores podrían acudir a otras vías técnicas para restringir la posible congestión del servicio.

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