miércoles, 30 de enero de 2013

LA LEY DE SALARIOS MÉDICOS Albino Vargas Barrantes Secretario General Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)



Primero que todo, queremos ser profundamente contundentes y enfáticos para que no quepa la menor duda: No somos “enemigos” del personal médico de Costa Rica, en lo más mínimo. Todo lo contrario. A raíz de la experiencia personalísima con ocasión de la enfermedad de nuestra señora madre, que de Dios ha de gozar, nunca podremos encontrar las palabras ni las frases adecuadas para expresar nuestra profunda gratitud y la de toda nuestra familia, por la atención que ella recibió mientras estuvo enferma, de parte de los médicos que la atendieron en el Hospital San Juan de Dios.

Nada cambiará nuestra actitud al respecto de lo que pensamos con respecto al papel de los médicos, trascendental y fundamental, para una sociedad verdaderamente democrática y de real justicia social, con equidad y acceso igualitario a la salud.

Este crucial grupo profesional del país, producto de sus justas luchas, tiene una ley especial que regula todo lo que tiene que ver con sus salarios. Esta ley, la número 6836, fue emitida en 1982, reformada años después, en el 2004, por otra ley, la número 8423. Aunque inicialmente dicha legislación cubría a médicos, odontólogos, farmacéuticos, microbiológicos y psicólogos clínicos; con el paso de los años lograron ser cubiertos por la misma, los gremios de profesionales en Enfermería, en Nutrición y hasta los veterinarios.

Esta legislación tiene un componente muy especial, en su artículo 12, el cual establece un nexo, una vinculación, un “enganche” por medio del cual, cada vez que en el Gobierno Central (ministerios, por ejemplo), se establece un incremento salarial, éste, automáticamente, repercute en el salario base del personal médico, por medio de una fórmula de cálculo que partiendo de ese artículo 12, quedó “desarrollada” en un reglamento por medio del Decreto Ejecutivo No. 26944-MTSS, del año 1998.

Con esta fórmula, cada seis meses, el personal médico nacional recibe un incremento salarial a la base, superior al de aquellos que laboran en el Gobierno Central, sin que tengan que salir a la calle a exigir justos aumentos salariales como sí lo han hecho a lo largo del tiempo diversos grupos de esta parte del Estado.

Es más, ya no solamente el salario base del personal médico crece más que los reajustes semestrales generales del Gobierno Central, sino que si a algunos gremios dentro de éste, se le otorgan incrementos salariales extraordinarios o específicos, pues también los salarios médicos se verán aumentados con todo y sus pluses con base en tal fórmula de “enganche”.

Agreguemos que, ya no solamente los salarios médicos se mueven por la razón apuntada; sino que se aumentan si, por ejemplo, suben los sobresueldos del Gobierno Central como la dedicación exclusiva, la carrera profesional, el riesgo policial, el incentivo docente.

La fórmula tiene una esencia central: los salarios base del personal médico nacional siempre deben tener una “distancia” de casi cuatro puntos porcentuales (3.83 % para ser exactos), del salario promedio total del Gobierno Central.

Tocar este tema desde el ámbito sindical ha desatado la ira de unos cuantos y son irrepetibles los epítetos insultantes que estamos recibiendo por ello. No tienen ustedes, estimables personas lectoras, cuánta furia en algunos grupos está desatada por tocar un tema “tabú”.

Lo insólito del caso es que algunos gremios no médicos en el seno de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), defienden este “status quo salarial médico”, a sabiendas de que esa fórmula va en contra de mejores reajustes salariales para sus propios representados que no son parte del personal médico de la institución.

Y es aquí donde está la parte fundamental de nuestro planteamiento. Lo que estamos proponiendo a los respetables gremios médicos es que se “desenganchen” de las modificaciones generales de salarios que se dan en el Gobierno Central, tanto las de orden general (cada semestre), como las que ocurrirán en partes específicas como los salarios de los policías; los salarios de los educadores; los salarios de oficinistas, técnicos y misceláneos y otros; así como que también se “desenganchen” si ocurren incrementos en sobresueldos de estos y otros grupos del Poder Ejecutivo.

Este es el caso del próximo incremento salarial extraordinario para el personal raso de la Fuerza Pública. Aplicando la fórmula salarial médica, los escuálidos 15 mil colones que, en promedio, podría recibir cada policía del cuerpo de seguridad más importante del país; pueden convertirse hasta en un aumento de 60 mil colones para los médicos y sin que éstos hayan realizado ni la más mínima gestión para cuando los gremios policiales estaban planteando su propia lucha reivindicativa en salarios.

El personal médico nacional, con este “desenganche”, no perdería ni un solo centavo de sus salarios base; no perdería ni un solo centavo de sus sobresueldos o pluses. Eso sí, con el “desenganche” quedarían con los incrementos salariales semestrales como los del resto del Gobierno Central; o bien, podrían dar sus luchas específicas pues tienen de por sí un gran poder de influencia y de incidencia.

Nosotros esperamos que en fecha próxima, los gremios médicos reciban en audiencia a la organización que representamos. Creemos que una discusión pausada, respetuosa, razonable podría dar más luz al asunto.

Lo que sí debe quedar claro es que, a partir de ahora, si un profesor sale a la calle a pedir mejores salarios; si quien lo hace es un oficinista, o un técnico-profesional; si quien lo hace es un misceláneo o una compañera de CEN-CINAI (entre otros), debe saber que también está peleando por el salario del personal médico del país y como estamos hablando de una ley; pues entonces en la calle estaríamos peleando ¡hasta por el salario de los médicos de los hospitales privados!


Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados
ANEP
Central Social Juanito Mora Porras

No hay comentarios: