Estimado don Walter:
Un gusto saludarlo.
Quisiera por este medio aclarar un comentario hecho en su programa “La voz del pueblo”, por una señora que se identificó como vecina de San Rafael de Alajuela, en el sentido de que la empresa estaba amenazando a algún periodista, para que no publicara información acerca de un recurso de amparo fallado por la Sala Constitucional.
La verdad es que COMCOAS siempre ha sido absolutamente respetuosa de la ley y, en esa línea, ha logrado demostrar en todas las instancias que está a derecho para finalizar la construcción de la planta de molienda de cemento.
Ese recurso, que un comunicado de prensa de la Municipalidad quiso hacer pasar por una noticia nueva (para lo cual, deliberadamente omitieron la fecha), es en realidad un fallo del 3 de diciembre del 2009. Es decir, tiene más de tres meses de haber sido notificado a las partes.
a. Notificación del Ing. municipal Emerson Bone, en donde indica que, por acuerdo del Concejo Municipal, del 9 de noviembre del 2009, todos los actos de la Alcaldesa de Alajuela contra COMCOAS son nulos, en tanto la Sra. Zurcher estaba inhibida de conocer y resolver cualquier asunto relacionado con la empresa. Esta inhibición se originó en el conflicto de intereses en que se encontraba la Alcaldesa, por ser hermana de un miembro de la junta directiva de una empresa cementera competencia directa de COMCOAS (se adjunta documento).
b. Voto de la Sala IV, del 3 de diciembre del 2009, en donde indica a la empresa que debe acudir a la vía administrativa, pues no es de su competencia conocer este asunto (se adjunta documento).
c. Notificación del Colegio de Ingenieros y Arquitectos, del 11 enero 2010, en donde se ratifica que desde el inicio COMCOAS presentó los planos en donde se detallan las obras constructivas y que no procede el cierre por las diferencias presentadas, sino una retasación de parte de la Municipalidad. (se adjunta documento).
d. Informe de la Comisión de Obras de la Municipalidad, favorable a COMCOAS, y acuerdo unánime del Concejo Municipal del 23 de febrero de 2010, en donde se ratifica que todos los permisos otorgados, así como las actuaciones de la empresa, están a derecho y que la planta puede seguir su proceso constructivo. (se adjunta documento).
e. Resolución de SETENA, del 01 marzo del 2010, donde reafirma que el Plan de Gestión Ambiental presentado por COMCOAS es el requisito necesario y suficiente para otorgar el permiso de construcción de la planta de molienda de cemento, y no se requiere de un estudio de impacto ambiental. (se adjunta documento).
f. Comunicado de prensa del 16 marzo 2010, en donde se aclaran los errores y afirmaciones falsas hechas por La Nación, con base en el comunicado de la Municipalidad.
g. Publicación del derecho de respuesta en La Nación, el 17 marzo 2010, donde se desmienten las afirmaciones de la municipalidad y se aclaran las imprecisiones de la noticia. Puede consultarse también en la dirección:http://www.nacion.com/2010-03- 19/Opinion/Foro/O19-DR_ COMCOAS.aspx
Como puede usted ver don Walter, estas no son afirmaciones sin fundamento, como sí lo han sido las acusaciones lanzadas contra nuestra empresa. Son resoluciones o acuerdos de las autoridades competentes, absolutamente documentadas, que han venido a dar la razón a la empresa y a ratificar que, en todo momento, hemos sido respetuosos del ordenamiento jurídico y hemos actuado conforme a las leyes.
Solicitamos, respetuosamente, que así se lo haga saber a su estimable audiencia, que ayer, y en ocasiones anteriores, se ha visto expuesta a informaciones o comentarios infundados, o malintencionados, con el afán de mal informar a los costarricenses y crear un mal ambiente hacia nuestra empresa.
Con mucho gusto, como encargados de comunicación de la empresa COMCOAS, quedamos a sus órdenes para suministrarle más información o aclararle cualquier duda que tenga al respecto.
Atentamente,
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