jueves, 15 de septiembre de 2016

Tres inconstitucionalidades tumban propuesta de convocar Asamblea Constituyente mediante referéndum

Tres inconstitucionalidades tumban propuesta de convocar Asamblea Constituyente mediante referéndum



San José, 15 set (elmundo.cr) – El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó la solicitud que hizo el grupo de ciudadanos que conforma el movimiento Nueva Constitución CR para convocar a un referéndum, con el fin de conformar una Asamblea Nacional Constituyente que redacte la nueva Constitución Política de Costa Rica.
Así consta en la resolución 6187-E9-2016 de las 13:45 horas del pasado 13 de setiembre y suscrita por los magistrados Luis Antonio Sobrado González, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
De ese modo, los magistrados rechazaron la solicitud que hizo Alex Solís Fallas y otro grupo de ciudadanos, para que se autorizara a recolectar firmas con el fin de someter a referéndum, por iniciativa ciudadana, un proyecto de Ley para convocar a la Asamblea Constituyente.



Los magistrados basaron su rechazo en tres motivos: la elección de diputados constituyentes de acuerdo con el proyecto de Ley, limitaciones a las competencias de la Asamblea Constituyente y la falta de un eventual referéndum para someter a consulta si la nueva Constitución Política que sea redactada, sea aprobada o no.
“Solo las agrupaciones políticas pueden realizar las nominaciones, en tanto son el único tipo de asociación constitucionalmente legitimada para presentar listas de candidaturas a los diversos cargos representativos de escala nacional”, dijeron los magistrados, al detallar el primer motivo de su rechazo a la solicitud.
El proyecto de Ley de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente establece que la misma estará conformada por 45 personas, escogidas mediante elecciones nacionales y que fueron nominadas por parte de partidos políticos nacionales y provinciales inscritos a la fecha ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Sin embargo además dice que podrán postular su nombre personas mediante sindicalistas, solidaristas, cooperativistas, ecologistas, empresarios y colegios profesionales, así como una persona particular que lograra recolectar 20.000 firmas de respaldo.
Los magistrados concluyeron que esos dos últimos portillos para quedar electos, son inconstitucionales pues existe un monopolio a favor de los partidos políticos, en cuanto a aspiraciones de cargos públicos por elección popular se refiere.
El segundo motivo del rechazo vertido por el Tribunal Supremo de Elecciones, es un artículo del proyecto de Ley en el que se dice que los diputados constituyentes “se comprometen ante el pueblo de Costa Rica a no eliminar ni disminuir los derechos y garantías fundamentales contenidos en la Constitución vigente, de manera especial los de contenido social o los asociados con la propiedad privada”.
Según el TSE, tal artículo impone una limitación a las potestades de la Asamblea Nacional Constituyente.
“Este Tribunal comprende la preocupación de los promoventes por no desmejorar la parte dogmática del texto constitucional vigente; empero, ello no es suficiente para obviar las potestades naturales de los diputados constituyentes, máxime cuando la ideología de matriz democrática que caracteriza el constitucionalismo, por regla de principio, impide establecer reservas o límites al Poder Constituyente como los que pretende el proyecto”, afirmaron.
El último motivo fue que los proponentes no incluyeron en el proyecto de Ley un artículo en el que se establezca que una vez redactada la Constitución Política nueva, esta deberá someterse a consulta nacional mediante elecciones, con el fin de que los costarricenses decidan si se acepta o no.
“En ese sentido, esta Autoridad Electoral, también echa de menos la referida cláusula: los promoventes no previeron en su proyecto que, una vez elaborada la nueva Constitución Política por parte de la Asamblea Constituyente, el texto deba someterse a referéndum; omisión que trastoca el principio democrático”, dice la sentencia.
REACCIÓN. Mediante un comunicado de prensa, Alex Solís Fallas, impulsor de la nueva Constitución Política de Costa Rica manifestó que son respetuosos del pronunciamiento dado por los Magistrados.



“Sin embargo, consideramos que dada la trascendencia que tiene este proyecto para la vida democrática, institucional y de desarrollo del país, es necesario analizar a profundidad los señalamientos dados sobre algunos aspectos de los cuales consideramos existen contradicciones”, dice el escrito.
De cuerdo con Solís Fallas (hermano del diputado Ottón Solís Fallas), “estamos convencidos de que este país hoy más que nunca requiere de una nueva Constitución para adecuar el sistema a los tiempos actuales. Esta decisión del TSE no aminora en absoluto los esfuerzos que como movimiento cívico, respaldado por muchos costarricenses de todos los rincones del país, hemos venido desarrollando con intensidad desde hace varios meses”.
El comunicado agrega que este fin de semana los impulsores realizarán una sesión especial de trabajo, con el fin de analizar la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones, para anunciar al país la hoja de ruta que tomará la iniciativa.


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