jueves, 25 de febrero de 2016

Ley de radio y televisión, libertad de expresión y libertad de prensa - Según el editorial de La Nación del 8/04/2015, los economistas, docentes universitarios y miembros de la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado gún el editorial de La Nación del 8/04/2015, los economistas, docentes universitarios y miembros de la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) Luis Mesalles (La Nación, 11/04/2015) y Emilio Bruce (La República, 10/04/2015), y hasta el exdirector del Semanario UNIVERSIDAD, Mauricio Herrera, hoy Ministro de Comunicación, la propuesta de Ley de Radio y Televisión presentada por el Micitt a principios del 2015, vendría a socavar seriamente la libertad de expresión en el país, al incorporar sanciones, incluida la clausura de estaciones, a los medios que difundieran noticias falsas o informaciones que atenten contra las buenas costumbres, y a través de un tribunal especial administrativo del Ministerio. Y en efecto, en los artículos 53, 67, 68, 69 y 70 del borrador de proyecto, se incluye una serie de infracciones y sus respectivas sanciones que parecen dar la razón a los gritos de alarma lanzados por sus detractores, pues en ellos destacan la transmisión o circulación de noticas falsas, llamadas de alarma sin fundamento, el uso de lenguaje vulgar, contrario a las buenas costumbres o injurioso, contenidas en el artículo 68, infracciones que se sancionan con multas económicas y, en caso de reincidir, con suspensión temporal de las transmisiones y hasta revocación de la concesión o permiso.

Ley de radio y televisión, libertad de expresión y libertad de prensa

Según el editorial de La Nación del 8/04/2015, los economistas, docentes universitarios y miembros de la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado
gún el editorial de La Nación del 8/04/2015, los economistas, docentes universitarios y miembros de la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) Luis Mesalles (La Nación, 11/04/2015) y Emilio Bruce (La República, 10/04/2015), y hasta el exdirector del Semanario UNIVERSIDAD, Mauricio Herrera, hoy Ministro de Comunicación, la propuesta de Ley de Radio y Televisión presentada por el Micitt a principios del 2015, vendría a socavar seriamente la libertad de expresión en el país, al incorporar sanciones, incluida la clausura de estaciones, a los medios que difundieran noticias falsas o informaciones que atenten contra las buenas costumbres, y a través de un tribunal especial administrativo del Ministerio.
Y en efecto, en los artículos 53, 67, 68, 69 y 70 del borrador de proyecto, se incluye una serie de infracciones y sus respectivas sanciones que parecen dar la razón a los gritos de alarma lanzados por sus detractores, pues en ellos destacan la transmisión o circulación de noticas falsas, llamadas de alarma sin fundamento, el uso de lenguaje vulgar, contrario a las buenas costumbres o injurioso, contenidas en el artículo 68, infracciones que se sancionan con multas económicas y, en caso de reincidir, con suspensión temporal de las transmisiones y hasta revocación de la concesión o permiso.
Las medidas sancionatorias comprendidas constituirían a juicio del editorial una flagrante ofensa a las tradiciones democráticas costarricenses puestas a prueba por tan autoritaria propuesta de ley y, según los representantes de Uccaep, huelen a “influencias extranjeras no democráticas (Emilio Bruce, La República, 10/05/2015), y siguen “la línea de varios gobiernos sudamericanos que han limitado severamente las libertades a la ciudadanía en muchos aspectos” (Luis Mesalles, La Nación, 11/04/2015).
Pero la cuestión es que dichas infracciones y sus respectivas sanciones ya forman parte de la ley vigente de radio cuyo origen data de 1954, como bien se puede apreciar en el artículo 17 de dicha ley donde se tipifica como absolutamente prohibido: b) La trasmisión o circulación de noticias falsas, señales o llamadas de alarma sin fundamento; ch) El uso de lenguaje vulgar o contrario a las buenas costumbres; y d) Usar lenguaje injurioso que perjudique el honor e intereses personales, y en artículos 23 y 24, donde se tipifica las medias sancionatorias correspondientes.
Ergo, si ya están contenidas en la actual ley y la propuesta de marras ha ido a parar al basurero de las inconsistencias de este Gobierno, al verse expuesto por incorporar artículos que ya estaban vigentes, ello no puede significar otra cosa que tan autoritarias y ofensivas medidas contra la tradición democrática costarricense ya eran parte de esta tradición desde hace sesenta años, y más significante aún, continúan hoy vigentes, aunque pareciera, dada la tranquilidad que ha precedido a su retiro por el Gobierno, que resulta menos nefasto que dichas medidas sigan vigentes en el marco de la ley vigente que discutirlas en el marco de la propuesta de ley del Micitt.
Vaya que el chavismo es de larga data en el continente, y uno que pensaba que el (des) calificativo se refería al llamado socialismo del siglo XX1 iniciado hacia 1995 por Hugo Chávez en Venezuela.
¿Desconocimiento o mistificación de La Nación, los académicos y representantes de Uccaep, los voceros de Canara y hasta del exdirector del Semanario? Si es lo primero, que lamentable, si es lo segundo, ¿será acaso que la idea es evitar a como sea cualquier esfuerzo por regular o limitar el festín del actual espectro radioeléctrico, en particular de cara al llamado próximo cambio digital, o que la ocasión se prestaba para un nuevo golpe contra el amorfo gobierno actual, en particular contra lo que por sus siglas y contexto electoral, más que por sus acciones en el poder, ha significado?


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