martes, 25 de noviembre de 2008

MULTAS CON LA NUEVA LEY DE TRANSITO EN COSTA RICA

MULTAS EN LA NUEVA LEY DE TRANSITO



ALTAS Y VARIADAS

Manejar borracho: ¢227.000 y pierde la licencia por dos años.

Saltarse un alto: ¢165.000 y 20 puntos menos en la licencia.

Rayar en zona prohibida: ¢113.500 y 25 puntos menos en la licencia.

Camión mal estacionado: ¢227.000 y 25 puntos menos.

Hablar por celular y manejar: ¢165.000 y 20 puntos menos en la licencia.

Dar vuelta en ‘U’: ¢165.000 y 10 puntos menos en la licencia.

Manejar sin licencia: ¢227.000 y 25 puntos menos.

Intento de soborno: ¢227.000 y 20 puntos menos en la licencia.

Taxista ‘pirata’: ¢227.000 y 25 puntos menos en la licencia.

Carros modificados: ¢113.500 y pierde 15 puntos en la licencia.

Motociclista sin chaleco reflectivo: ¢90.800 de multa.

Taxistas malhumorados: ¢90.800 de multa por alterarse o no andar la ‘maría’

Daño a señales de tránsito: ¢90.800 a quien altere o dañe una señal.

Cierre de vías: ¢90.800 a quien cierre una vía o le dé un uso indebido.

Daños en la vía: ¢90.800 a quien dañe de forma culposa cualquier tipo de bien.

Manejar sin licencia: ¢45.400 a quien maneje sin licencia, aunque esté registrado (olvido).

Circular sin documentos: ¢45.400 por manejar sin los documentos del carro.

Evasión del peaje: ¢22.700 al conductor que trate de evadir el pago del peaje.

Altoparlantes: ¢22.700 de multa a quien ande haciendo bulla sin el permiso requerido.


Con la nueva Ley de Tránsito que se discute en la Asamblea Legislativa, en el momento de recibir la licencia cada conductor tendrá un total de 50 puntos, pero podría perder su permiso de conducir si incurre en un par de infracciones.

Por cada falta de tránsito al chofer le descuentan puntos, además de la multa que debe pagar.


Si acumula 50 puntos negativos, pierde la licencia por dos años. Una nueva situación de ese tipo implicará una suspensión por cuatro años del permiso para manejar y si hay una tercera vez, el conductor se quedará sin carné durante 10 años.

De aprobarse la nueva ley, los conductores temerarios y quienes no utilicen los dispositivos de seguridad para menores de 12 años perderán la licencia de forma automática; también, los borrachos.

Además de esa sanción, tendrán que pagar una multa de ¢227.000, el equivalente a un salario base de un auxiliar de oficina.

Al conductor de moto, bicimoto, triciclo y cuadraciclo que permita que pasajeros menores de edad no utilicen el casco correrá la misma suerte, lo mismo que los condenados por homicidio culposo por accidente de tránsito.

Reste 25 puntos. Si a usted lo multan por manejar sin licencia también le costará 25 puntos menos; si lo pillan por no portar el permiso temporal de aprendizaje igual recibirá sanción económica y 25 puntos menos a su nuevo permiso.

Los llamados ‘piratas’ que se dedican a prestar servicios de transporte público en cualquier modalidad (taxi, bus u otros) sin contar con los permisos respectivos tendrán que dejar de hacerlo, ponerse en regla o pagar ¢227.000.

Hay rebaja de puntos en la licencia para quien transporte materiales peligrosos en desacato a lo establecido por la ley, irrespete la señal de alto o la luz roja, vire en una intersección y no ceda el paso a los peatones.

Infracciones de 20 puntos. Las infracciones que restan 20 puntos también vienen acompañadas de multas por ¢165.000.

Si usted es de los acróbatas del volante que hablan por teléfono, también recibirá la multa en caso de que lo pesque el tráfico.

Solo estarán libres de esta prohibición las autoridades de servicios de emergencia.

Y volviendo al transporte público, mejor no comprometa al chofer del autobús pidiéndole que lo baje donde usted quiere. El conductor que acceda a esta petición y no se ciña estrictamente a las paradas autorizadas o que no utilice las bahías diseñadas para este fin, se hará acreedor a una multa de ¢165.000 y 20 puntos de penalización.

Quien conduzca un vehículo que no esté al día con el pago de los derechos de circulación y las pólizas correspondientes, se “ganará” lo mismo que los conductores de grúas que incumplan la ley: un castigo de ¢165.000 y 20 puntos menos.

Esto se aplicará a la persona que circule en un vehículo con placas que no le corresponden; también, para quien no utilice el cinturón de seguridad o permita que los pasajeros no viajen con ese dispositivo o no lleven la silla para niños menores de 12 años.

El mismo “premio” para quien transporte basura, escombros, materia prima o desechos y los arroje en la calle o en el derecho de vía.

Caras imprudencias. Rayar por la derecha en carreteras de dos carriles o transitar irrespetando los carriles señalados le costará al infractor una multa de ¢113.500, al tiempo que perderá 15 puntos de su registro en la licencia de conducir.

Esta disposición también cubre a quien no ponga los direccionales antes de realizar una maniobra o viaje sin luz de freno.

Los conductores de vehículos pesados que incumplan con disposiciones como la distancia entre camiones o la invasión de carriles de tránsito rápido correrán la misma suerte, según el proyecto de ley.

Al chofer que entorpezca el tránsito en una intersección y a quien circule en un vehículo sin los dispositivos reflectantes para su identificación nocturna (las calcomanías) se le impondrá una sanción económica similar.

Y para no dejar de lado a los transportistas públicos, a los taxistas que se les compruebe que abusaron en el cobro de la tarifa recibirán una multa de ¢113.500 y sufrirán la pérdida de 15 puntos de los 50 de la licencia.

Contra “picones”. El proyecto de Ley de Tránsito establece una multa de aproximadamente ¢165.000 a quienes circulen en vehículos con el motor modificado en los sistemas de inyección o carburación.

Al motociclista que raye o circule por la calzada, o que adelante en medio de filas de vehículos que circulan o están detenidos le tocará pagar la misma multa.

Y en el caso de que se le olvidó llevar el carro a la revisión técnica prepárese a pagar la sanción pecuniaria y resígnese a perder puntos de la licencia de conducir.

Menos puntos, más multa. Otra de las disposiciones de la legislación que están a punto de aprobar los diputados establece que al conductor que irrespete una luz roja de semáforo o que haga lo mismo con las señales de tránsito fijas, incluyendo los límites de velocidad, se le restarán 10 puntos de la licencia y deberá cancelar ¢165.000.

También se aplica este castigo para quienes adelanten en zona prohibida, irrespeten las señales verticales o las indicaciones verbales de los oficiales de tránsito.

Al chofer que dé vuelta en ‘U’ o al conductor de motocicleta que viole la obligación de utilizar el chaleco retrorreflectivo por la noche, también deberá pagar esa multa.

Igualmente le pasará el chofer del vehículo de transporte público que preste el servicio sin cumplir con los requisitos de ley o que lleve un exceso de pasajeros.

Reste 5 puntos. Aunque son las infracciones que menos puntos bajan para efectos del control de la licencia, la multa que deben pagar quienes cometan las siguientes infracciones rozan los ¢68.000.

Ese es el monto que deberán cancelar quienes no respeten la distancia entre vehículos o manejen en reversa por más de 50 metros.

Los conductores de vehículos que incumplan con los requisitos mínimos de circulación, que comprenden desde las escobillas en buen estado hasta la llanta de repuesto, serán penalizados con cinco puntos menos y esa multa.

Lo mismo para quienes no incluyan todos los implementos para emergencias y seguridad, desde los triángulos hasta una linterna.

Recuperar puntos será posible si se compromete, ante un juzgado de Tránsito, a hacer trabajo comunitario u otra obra social.

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