jueves, 8 de julio de 2010

Flota USA llegaría a los 99 buques de guerra y más de 16 mil soldados

La Sala Constitucional de Costa Rica ha recibido tres recursos de amparo contra el permiso otorgado por la Asamblea Legislativa para el ingreso, este semestre,  de 99 navíos de guerra, 1766 individuos y más de 16 mil enlistados, aviones y unos 200 helicópteros para la supuesta lucha contra el narcotráfico en aguas nacionales. 

El Partido Unidad Socialcristiana (PUSC, oposición) impugnó el acuerdo ante la Sala IV, mientras que dos ciudadanos también presentaron en la misma instancia del Poder Judicial sendos recursos de inconstitucionalidad.

Por otra parte, el diputado del Partido Frente Amplio, José María Villalta Florez-Estrada, anunció la noche del miércoles que revisaría un recurso similar que tenía preparado para presentarlo en la tarde, pero ante una resolución de la presidencia de la Asamblea Legislativa, le obligó a replantear su tesis.

El primer recurso fue presentado por Yaudy Blanco el fin de semana (ver: http://www.elpais.cr/articulos.php?id=28092), mientras que el segundo fue elaborado por el abogado Roberto Zamora, quien había impugnado un decreto del Gobierno del ex presidente Oscar Arias, que permitía la fabricación de armas en Costa Rica.

El legislador del PUSC, Luis Fishman, recuerda en el recurso que la Constitución Política le confiere a la Asamblea Legislativa, con carácter indelegable, la  potestad y la permanencia de naves de guerra en los puertos y aeródromos.

Sin embargo, sostiene que para que este control sea efectivo, debe entenderse que esa autorización es particular para cada caso, no estando la Asamblea autorizada para otorgar permisos genéricos. 

Al respecto, citó el voto de la Sala Constitucional Nº 1999-04156 establece lo siguiente: “...los permisos para el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional y la permanencia de naves  de guerra en puertos y aeródromos se deben otorgar en cada caso, previa calificación por la Asamblea Legislativa de las circunstancias que rodean la solicitud.”

En el caso actual, resalta que “la Asamblea procedió a dar un permiso generalizado que cubre a 99 buques, una tripulación máxima de 1766 individuos y más de 16 mil enlistados, más cerca de 200 helicópteros de diferente naturaleza y propósito, para un período de seis meses, sin poder determinar a cabalidad cuáles barcos atracarán en un momento determinado, en qué lugar ni con cuántos hombres”.

“Por las razones apuntadas, este acuerdo legislativo roza el texto de nuestra Carta Magna, resultando inconstitucional”, sostiene la fracción del PUSC.

Recuerda el amparo que el convenio de patrullaje conjunto entre Estados Unidos y Costa Rica es de carácter policial. 

“Al intervenir fuerzas militares norteamericanas en las actividades de patrullaje conjunto, al margen de lo que expresamente establece el convenio, la Asamblea está autorizando participación militar extranjera en labores policiales, lo que está expresamente prohibido por nuestra Constitución Política en su artículo 12”, apunta Fishman.

Por otro lado, destaca que otro asunto de particular preocupación y que también riñe con el ordenamiento constitucional es el relativo al atraque y permanencia en muelle de las fuerzas militares autorizadas a ingresar a territorio nacional. 

“La magnitud de la fuerza autorizada, su capacidad destructiva, la amplitud del plazo de permiso y la disposición de nuestras autoridades para que entren y salgan de puerto prácticamente de forma irrestricta, hacen que su presencia se convierta en foco de tensión, particularmente en el ámbito de la geopolítica caribeña”, considera Fishman.

En cuanto a la vigencia o no del convenio de patrullaje conjunto, defendido por el presidente de la Asamblea Legislativa, Luís Gerardo Villanueva, alega que “el marco de competencia otorgado al Servicio Nacional de Guardacostas de los Estados Unidos, en la sección IV de ese convenio, estaba limitado por una cláusula resolutoria al plazo de 10 años. Esto equivale a decir que el término del mismo Convenio se reduce a ese margen, pues la sección IV es la que describe los permenores de las  operaciones de patrullaje conjunto, siendo que el resto del articulado carece de sentido sin ella”.

Derecho a la Paz

Por su parte, el abogado Zamora Bolaños en su recurso defiende que “es imposible para la Asamblea Legislativa autorizar el ingreso de; equipo, transporte, artillería, personal, etc., con el fin de realización de operaciones de policía a lo interior del país, por cuanto ello violenta el derecho a la Paz”.

Es importantísimo resaltar en este punto, que Costa Rica es el único país del mundo que ha reconocido el derecho a la Paz como un derecho pleno, capaz de ser interpuesto frente a actuaciones de cualquier autoridad Estatal para evitar su violación, afirma Zamora.

“El Derecho a la Paz ha encontrado en ésta Sala Constitucional un nicho de crecimiento y desarrollo, lo que ha permitido que, al menos en este respecto, Costa Rica continúe en posición privilegiadísima, siendo el único país del mundo que ha aplicado y desarrollado judicialmente el Derecho a la Paz para la interdicción de acciones Estatales, tal y como aconteció en el “Caso relacionado con la Posición del Gobierno de Costa Rica en relación con la Guerra en Irak” y en el “Caso relacionado con el Decreto de Armas”, casos a los cuales corresponden las mencionadas sentencias 9992-04 y 14193-08 de éste Tribunal, respectivamente”, mencionó Zamora.

Recuerda además que al respecto de la Paz, el tribunal constitucional en sentencia 9992-04 estableció:

“IV.- La alegada infracción a la paz como valor constitucional. Existe una base común en las alegaciones y respuestas de todos los intervinientes en este proceso, en el sentido de reconocer la existencia de la paz como uno de los valores constitucionales que informan nuestro ordenamiento, claramente distinguible no solo mediante la comprensión sistemática de nuestro texto constitucional, sino también como "constitución viva", según denomina la doctrina aquella particular manera en que el bloque normativo constitucional es entendido y actuado en la realidad por la sociedad. Tal criterio es compartido también por la Sala pues coincide con la visión que éste órgano ha plasmado ya en diversos pronunciamientos sobre el tema. Al respecto es claro que el pueblo costarricense, cansado de una historia de muerte, enfrentamientos, de dictadores y marginación de los beneficios del desarrollo, eligió libre y sabiamente a partir de mil novecientos cuarenta y nueve, recoger el sentimiento que desde hace mucho acompañaba a los costarricenses, de adoptar la paz como valor rector de la sociedad. En esa fecha se cristaliza ese cambio histórico, se proclama un nuevo espíritu, un espíritu de paz y tolerancia. A partir de entonces simbólicamente el cuartel pasó a ser un museo o centro de enseñanza y el país adopta la razón y el derecho como mecanismo para resolver sus problemas interna y externamente.
Asimismo, se apuesta por el desarrollo humano y proclamamos nuestro derecho a vivir libres y en paz. Ese día esta nación dio un giro, decidimos que cualquier costo que debamos correr para luchar por la paz, siempre será menor que los costos irreparables de la guerra. Esa filosofía es la que culmina con la "Proclama de neutralidad perpetua, activa y no armada" de nuestro país, y los numerosos instrumentos internacionales firmados en el mismo sentido - citados en forma abundante por las partes-, como extensión de ese arraigado valor constitucional, que sirve como parámetro constitucional a la hora de analizar los actos impugnados. En este mismo sentido se ha pronunciado la jurisprudencia de esta Sala que ha resaltado el valor paz como principio jurídico y político, en sus sentencias al señalar: 

"... de allí que las leyes, en general, las normas y los actos de autoridad requieran para su validez, no sólo haber sido promulgados por órganos competentes y procedimientos debidos, sino también pasar la revisión de fondo por su concordancia con las normas, principios y valores supremos de la Constitución..., como son los de orden, paz, seguridad, justicia, libertad, etc, que se configuran como patrones de razonabilidad (ver sentencia número 1739-92)”.

Dos ejemplos

USS IWO JIMA (LHD-7)
Longitud: 257 metros. Tripulación máxima: 73 oficiales, 1109 enlistados. Embarcación artillada. Aeronaves abordo: (10) Helicópteros CH-46, (5) y (6) Helicópteros HH-60 Blackhawks.


USS MAKIN ISLAND
Longitud: 258 metros. Tripulación máxima: 102 oficiales, 1449 soldados. Embarcación artillada. Aeronaves abordo: (42) Helicópteros CH-46, (5) Aviones AV-8B Harrier y (6)

miércoles, 7 de julio de 2010

El Seca Mi Llanto

Sanciones contra Irán y la próxima guerra


Alejandro Nadal
E
n su Historia sobre las guerras del Peloponeso,Tucídides relata cómo Pericles en el siglo V antes de nuestra era impuso sanciones económicas contra la ciudad de Megara, que se había alineado con Esparta. Atenas prohibió el comercio con esta ciudad Estado y envió un mensaje: si Megara no desistía de su alianza con Esparta sería castigada. Megara se enardeció y exigió a Esparta desatar la guerra. Las hostilidades duraron 30 años.
La historia de las sanciones económicas y políticas para obligar a un país a cambiar su conducta es larga, pero enseña que frecuentemente conducen al fracaso. No sólo no cambian la conducta de los estados sancionados, sino que invariablemente llevan a la guerra.
El Consejo de Seguridad votó la semana pasada un paquete de sanciones en contra de Teherán. Es un paso más hacia la confrontación en el marco de la miope política exterior de Estados Unidos frente a Teherán.
Para Washington las sanciones forman parte de la necesidad decontener a Teherán. En esa lógica son un eslabón en una secuencia que va de la presión diplomática hasta la guerra. Es decir, Obama mantiene las mismas prioridades anquilosadas que rigen en Washington desde el triunfo de la revolución islámica hace 30 años. El objetivo sigue siendo el cambio de régimen y la amenaza es la guerra preventiva.
Para Teherán esa amenaza es real. Sus dos vecinos al oriente y poniente están sometidos a una invasión por tropas estadunidenses. También se encuentra rodeado de potencias con armas nucleares. Esto incluye a Israel, país que nunca firmó el Tratado de no proliferación de armas nucleares (TNP) y hoy cuenta con 200 cabezas nucleares listas para ser usadas.
Washington afirma que son sanciones fuertes, pero la realidad es que se trata de medidas sumamente débiles. Para empezar, no se limitan la producción y exportaciones de hidrocarburos, como quería Hillary. Pero China no hubiera votado a favor de las sanciones y por eso no se incluyeron. Tampoco hay sanciones generalizadas sobre servicios financieros y de seguros. Las únicas sanciones reales prohíben las inversiones de Irán en otros países en la minería de uranio o en la producción de materiales nucleares y tecnología. Se imponen algunas restricciones de viaje y se congelan los activos financieros de algunas corporaciones e individuos señalados en los anexos de la resolución. Lo demás es estándar: no se puede proveer a Irán de equipo militar ofensivo (pero Rusia podría seguir proporcionando misiles tierra-aire, por ejemplo), etc.
¿Son legales esas sanciones? La respuesta es negativa porque el Consejo de Seguridad está obligado a determinar la existencia de la amenaza a la paz que este caso representa, y ese requisito permanece incumplido. Las declaraciones de la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) no suplen ese requisito y, por otro lado, están llenas de mensajes ambiguos sobre el programa nuclear de Teherán.
Irán no ha violado el TNP. Ha insistido en el derecho que le confiere ese tratado para enriquecer uranio y desarrollar su industria nuclear sin interferencias. Los países que hoy apoyan las sanciones no han podido demostrar lo contrario. Los mismos servicios de inteligencia de Estados Unidos no han podido demostrar que Teherán tiene un programa para producir armas nucleares.
¿Serán efectivas las sanciones? Si lo que se busca es frenar el proyecto de conseguir dominar todo el ciclo de combustible nuclear que Irán desea, las sanciones van a fracasar. El único camino para la torpe política de Hillary-Obama será un ataque preventivo (que podría desatarse por medio de Israel). Las consecuencias serán desastrosas.
En 1941 Estados Unidos impuso un embargo petrolero sobre Japón para frenar su expansionismo en China. Esa medida colocó un cerco que Tokio consideró intolerable y le llevó a la guerra contra Estados Unidos. Se dice que de todos modos el expansionismo japonés era incontenible. Puede ser, pero también es cierto que Washington sabía muy bien lo que estaba haciendo y las sanciones eran un preludio para una guerra deseada por Estados Unidos. Esa es precisamente la lógica que acompaña este último desplante de las sanciones contra Irán. Lo que se busca es preparar la confrontación y la guerra.
El último paquete de sanciones aprobadas por el Consejo de Seguridad (con el voto de México, que una vez más hizo un triste papel) proporciona a Obama una victoria pasajera y sin importancia en este tortuoso camino hacia la confrontación con Irán.
La crisis económica y financiera global es más profunda y será más larga de lo que muchos quieren aceptar. Y va a terminar redefiniendo la estructura de la economía mundial. La historia nos enseña que este tipo de crisis y procesos de reorganización económica internacional acaban por transformarse en conflictos armados. Los imperios económicos en su fase crepuscular (como lo es Estados Unidos hoy) no están dispuestos a abandonar el centro del poder sin oponer resistencia.

Guerra contra Irán, prioridad de Obama afirma intelectual israelí


Ankara, 2 jul (PL) El intelectual israelí Michel Warshawsky expresó hoy en el marco del Foro Social Europeo que sesiona en Estambul, su convencimiento de que la prioridad del presidente estadounidense, Barack Obama, es la guerra contra Irán. Warshawsky, Fundador del Centro de Información Alternativa de Jerusalén, analizó para Prensa Latina la actual situación en Medio Oriente ante los tambores de guerra que resuenan contra Irán.

Para el disidente judío el gobierno de George W. Bush fue el más fecundo entre Estados Unidos e Israel, pues nunca antes había existido tal simbiosis entre ambos gobiernos, de modo que conjuntamente organizaron y llevaron a cabo acciones en la guerra preventiva y global desatada.

El denominado "Nuevo Siglo Americano" supuso la hegemonía de Washington a escala global y de Israel a nivel regional, explicó el analista, pero ha sido desastrosa para el propio país, y de ahí su declive.

Según Warshawsky el problema para Obama es tener en Tel Aviv un gobierno de extremistas conservadores, ya que la alianza entre Estados Unidos e Israel es esencial y estratégica para ambas administraciones, pero cuentan con puntos de vista diferentes y distintos intereses.

Tanto Bush como Obama persiguen el mismo objetivo, añadió el intelectual, que es el de reforzar la hegemonía estadounidense y sus intereses en todo el mundo, pero mientras Bush lo buscó mediante la guerra, Obama quiere ser más sutil apoyándose más en la diplomacia.

Matizó sin embargo que este cambio se debe a la imposibilidad de mantener múltiples guerras simultaneas, que hizo fracasar a Bush por falta de medios militares y financieros, por eso Obama ha decidido priorizar y apuesta por la guerra contra Irán, como reclama el gobierno israelí.

Pero para ello necesita salir de Iraq, reforzar la capacidad militar de los estados conservadores árabes y, para beneficiar estas alianzas regionales, obligar a Tel Aviv a ejecutar una política menos brutal y agresiva contra los palestinos, añadió.

Para ello, el gobierno estadounidense estudia su salida de Iraq, lo que le va a llevar tiempo, y centrar su esfuerzos en Afganistán y contra Irán.

Warshawsky explicó que en esta coyuntura una de las acciones previstas por Obama es "nacionalizar la guerra", es decir, sacar al ejército de Estados Unidos y poner en su lugar contingentes regionales y locales que mantengan la represión y la guerra.

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