Acuerdo de San José
para la reconciliación nacional
y el fortalecimiento de la democracia en Honduras
Nosotros, hermanos hondureños, discípulos de la paz, la libertad y la democracia de
nuestra patria; conscientes de la responsabilidad histórica con que nuestras circunstancias
nos han investido; profundamente convencidos del poder de nuestra unión y de la fuerza
de nuestra voluntad consensuada; bajo el amparo de nuestra Constitución y las leyes de
nuestra República y la plena vigencia del Estado de Derecho; reafirmamos ante el pueblo
de Honduras, ante nuestro Mediador, Dr. Óscar Arias Sánchez, y a través de él, ante toda
la comunidad internacional, nuestro compromiso inquebrantable con la reconciliación de
nuestro pueblo, que debe ser uno e indivisible.
Los sucesos recientes que han perturbado a Honduras reclaman de nosotros madurez
y humildad, y en ese espíritu hemos convenido firmar el siguiente Acuerdo.
1. SOBRE EL GOBIERNO DE UNIDAD Y RECONCILIACIÓN
NACIONAL
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, conformaremos un Gobierno de
Unidad y Reconciliación Nacional, integrado por representantes de los diversos partidos
políticos, reconocidos por su capacidad, honorabilidad, idoneidad y voluntad para dialogar,
quienes ocuparán las distintas Secretarías y Subsecretarías de Estado, de conformidad
con el artículo 246 y siguientes de la Constitución de la República de Honduras.
En vista de que con antelación al 28 de junio, el Poder Ejecutivo no había remitido a
consideración del Congreso Nacional el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y
Egresos, de conformidad con lo establecido en el artículo 205, inciso 32, de la
Constitución de la República de Honduras, este Gobierno de Unidad y Reconciliación
Nacional respetará y funcionará sobre la base del Presupuesto General recientemente
aprobado por el Congreso Nacional para el ejercicio fiscal 2009.
2. SOBRE LA AMNISTÍA PARA LOS DELITOS POLÍTICOS
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, solicitamos al Congreso
Nacional la declaratoria de una amnistía general, exclusivamente para los delitos políticos
cometidos con ocasión de este conflicto, antes y después del 28 de junio de 2009, y hasta
la firma de este Acuerdo, según los términos del artículo 205, inciso 16, de la
Constitución de la República de Honduras y la legislación especial vigente que regule la
materia. La amnistía deberá, además, garantizar con claridad las condiciones de seguridad
y de libertad de las personas que queden bajo su amparo.
De la misma manera, nos comprometemos a no iniciar ni continuar acciones legales
por los actos anteriores al 1 de julio de 2009 que se deriven del presente conflicto, por un
periodo de seis meses. El incumplimiento de cualquiera de los compromisos contenidos en
este Acuerdo, comprobado y declarado por la Comisión de Verificación a la que se refiere
el punto 7, anulará los efectos de esta moratoria para el trasgresor o los trasgresores.
3. SOBRE LA RENUNCIA A CONVOCAR A UNA ASAMBLEA
NACIONAL CONSTITUYENTE O REFORMAR LA CONSTITUCIÓN
EN LO IRREFORMABLE
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, reiteramos nuestro respeto a la
Constitución y las leyes de nuestro país, absteniéndonos de hacer llamamientos a la
convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, de modo directo o indirecto, y
renunciando también a promover o apoyar cualquier consulta popular con el fin de
reformar la Constitución para permitir la reelección presidencial, modificar la forma de
Gobierno o contravenir cualquiera de los artículos irreformables de nuestra Carta
Fundamental.
En particular, no realizaremos declaraciones públicas ni ejerceremos algún tipo de
influencia inconsistente con los artículos 5, 239, 373 y 374 de la Constitución de la
República de Honduras, y rechazaremos enérgicamente toda manifestación contraria al
espíritu de dichos artículos y de la Ley Especial que Regula el Referéndum y el Plebiscito.
4. SOBRE EL ADELANTAMIENTO DE LAS ELECCIONES
GENERALES Y EL TRASPASO DE GOBIERNO
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, instamos al Tribunal Supremo
Electoral para que considere el adelantamiento de las elecciones nacionales convocadas
para el 29 de noviembre de 2009, al 28 de octubre de 2009; y el consecuente adelanto de
la campaña electoral del 1 de septiembre de 2009, al 1 de agosto de 2009. Reiteramos
que, de conformidad con los artículos 44 y 51 de la Constitución de la República de
Honduras, el voto es universal, obligatorio, igualitario, directo, libre y secreto, y
corresponde al Tribunal Supremo Electoral, con plena autonomía e independencia,
supervisar y ejecutar todo lo relacionado con los actos y procesos electorales.
Asimismo, realizamos un llamado al pueblo hondureño para que participe
pacíficamente en las próximas elecciones generales y evite todo tipo de manifestaciones
que se opongan a las elecciones o a su resultado, o promuevan la insurrección, la
conducta antijurídica, la desobediencia civil u otros actos que pudieren producir
confrontaciones violentas o transgresiones a la ley.
Con el fin de demostrar la transparencia y legitimidad del proceso electoral, instamos
al Tribunal Supremo Electoral a que autorice y acredite la presencia de misiones
internacionales desde ahora y hasta la declaratoria del resultado de las elecciones
generales, así como durante el traspaso de poderes que tendrá lugar, conforme con el
artículo 237 de la Constitución de la República de Honduras, el 27 de enero de 2010.
5. SOBRE LAS FUERZAS ARMADAS
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, ratificamos nuestra voluntad de
acatar en todos sus extremos el artículo 272 de la Constitución de la República de
Honduras, conforme con el cual las Fuerzas Armadas quedan a disposición del Tribunal
Supremo Electoral desde un mes antes de las elecciones generales, a efectos de
garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los
materiales electorales y demás aspectos de la seguridad del proceso. Reafirmamos el
carácter profesional, apolítico, obediente y no deliberante de las Fuerzas Armadas
hondureñas. De igual forma, reconocemos la profesionalidad de la Policía Nacional, cuya
rotación deberá sujetarse estrictamente a lo que prescribe su legislación especial.
6. SOBRE EL RETORNO DE LOS PODERES DEL ESTADO A SU
INTEGRACIÓN PREVIA AL 28 DE JUNIO
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, solicitamos al Congreso
Nacional que, a efectos de recuperar la integración y legítima conformación de los poderes
constituidos al 28 de junio de 2009, en lo procedente retrotraiga la situación del Poder
Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal Supremo Electoral a su
estado previo al 28 de junio, por haber sido conformados según los artículos 202, 205,
incisos 9 y 11, y 236 de la Constitución de la República de Honduras. Lo anterior implica
el retorno de José Manuel Zelaya Rosales a la Presidencia de la República hasta la
conclusión del actual periodo gubernamental, el 27 de enero de 2010.
7. SOBRE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN
Y LA COMISIÓN DE LA VERDAD
Para lograr la reconciliación y fortalecer la democracia, disponemos la creación de una
Comisión de Verificación de los compromisos asumidos en este Acuerdo, y los que de él se
deriven, presidida por la Organización de Estados Americanos (OEA), y las personas que
ésta considere idóneas entre las figuras nacionales e internacionales. La Comisión de
Verificación será la encargada de dar fe del estricto cumplimiento de todos los puntos de
este Acuerdo, y recibirá para ello la plena cooperación de las instituciones públicas
hondureñas.
Con el fin de esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio de 2009,
se creará también una Comisión de la Verdad que identifique los actos que condujeron a
la situación actual, y proporcione al pueblo de Honduras elementos para evitar que estos
hechos se repitan en el futuro. El trabajo de la Comisión de la Verdad será fundamental
en la recuperación de la confianza del pueblo hondureño en su Constitución y en su
Gobierno. Para asegurar la imparcialidad en la ejecución de esta tarea, designamos como
conductor de la Comisión de la Verdad al Instituto Interamericano de Derechos Humanos.
8. SOBRE LA NORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS CON LA COMUNIDAD
INTERNACIONAL
Al comprometernos a cumplir fielmente los compromisos asumidos en el presente
Acuerdo, solicitamos respetuosamente la inmediata revocatoria de aquellas medidas o
sanciones adoptadas a nivel bilateral o multilateral, que de alguna manera afectan la
reinserción y participación plena de la República de Honduras en la comunidad
internacional, y su acceso a todas las formas de cooperación.
Hacemos un llamado a la comunidad internacional para que reactive lo antes posible
los proyectos vigentes de cooperación con la República de Honduras, y continúe con la
negociación de los futuros. En particular, instamos a que, a solicitud de las autoridades
competentes, se haga efectiva la cooperación internacional que resulte necesaria y
oportuna para que la Comisión de Verificación y la Comisión de la Verdad aseguren el fiel
cumplimiento y seguimiento de los compromisos adquiridos en este Acuerdo.
9. SOBRE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL ACUERDO DE SAN
JOSÉ
Todos los compromisos asumidos cobran formal y total vigencia desde el momento
mismo de su suscripción.
10. DISPOSICIONES FINALES
Toda diferencia de interpretación o aplicación del presente Acuerdo será sometida a la
Comisión de Verificación, la que determinará, en apego a lo dispuesto en la Constitución
de la República de Honduras y en la legislación vigente, y mediante una interpretación
auténtica del presente Acuerdo, la solución que corresponda.
Tomando en cuenta que el presente Acuerdo es producto del entendimiento y la
fraternidad entre hondureños, solicitamos vehementemente a la comunidad internacional
que respete la soberanía de la República de Honduras, y observe plenamente el principio
consagrado en la Carta de las Naciones Unidas de no injerencia en los asuntos internos de
otros Estados.
11. CALENDARIO DE CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS
Dada la entrada en vigencia inmediata de este Acuerdo a partir de su fecha de
suscripción, y con el fin de clarificar los tiempos de cumplimiento y de seguimiento de los
compromisos adquiridos para alcanzar la reconciliación nacional, convenimos el siguiente
calendario de cumplimiento:
22 de julio de 2009
1. Suscripción y entrada en vigencia del Acuerdo de San José.
24 de julio de 2009
1. Retorno de José Manuel Zelaya Rosales a la Presidencia de la República de
Honduras.
2. Conformación de la Comisión de Verificación.
27 de julio de 2009
1. Conformación del Gobierno de Unión y de Reconciliación Nacional.
2. Conformación de la Comisión de la Verdad.
27 de enero de 2010
1. Celebración del traspaso de gobierno.
12. DECLARACIÓN FINAL
En nombre de la reconciliación que nos ha convocado ante la mesa de diálogo, nos
comprometemos a ejecutar de buena fe el presente Acuerdo, y los que de él se deriven.
Sabemos que la humanidad espera de Honduras una demostración de unidad y de paz, a
la que estamos obligados por nuestra consciencia y nuestra historia. Juntos, sabremos
demostrar nuestro valor y coronar con olivos la frente de nuestra democracia, para que
las futuras generaciones vean lo que fuimos capaces de hacer por nuestra patria.
Firmamos en la ciudad de San José, República de Costa Rica, el día 22 de julio del año
2009.
En representación de los sectores:
Como Testigos de Honor de la firma del Acuerdo Político de San José:
Óscar Arias Sánchez
Presidente de la República de Costa Rica
Bruno Stagno Ugarte
Canciller de la República de Costa Rica