La Sala IV declaró sin lugar hoy la acción de inconstitucionalidad interpuesta en contra del nombramiento del Ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez.
El nombramiento fue objetado ante la Sala Constitucional, pues, para el accionante, “contravenía el requisito establecido en el artículo 142 inciso 3 de la Constitución Política, que pide que los Ministros de Gobierno pertenezcan al estado seglar”.
Sin embargo, los magistrados determinaron que “la prohibición se aplica, exclusivamente, a la religión católica, apostólica y romana, por razones histórico-constitucionales”.
La acción fue rechazada por una votación en la que solo salvaron su voto y consideraron nulo el nombramiento la Magistrada Hernández López y el Magistrado Salazar Alvarado. El Magistrado Rueda Leal declaró la acción inadmisible.
No hay comentarios:
Publicar un comentario