martes, 9 de abril de 2013

La gente lo pide, no quiere que la empresa OAS realice las ampliaciones en la carretera San José-San Ramón, no quieren que les cobren 4 mil colones por entrar a San José, no quieren una nueva concesión cuestionada, hecha por una empresa cuestionada. Pero la concesión ya existe, el Gobierno la dio y la Contraloría validó la cesión del contrato de Autopistas del Valle a OAS, la pregunta ahora es:- ¿Se puede anular?


La gente lo pide, no quiere que la empresa OAS realice las ampliaciones en la carretera San José-San Ramón, no quieren que les cobren 4 mil colones por entrar a San José, no quieren una nueva concesión cuestionada, hecha por una empresa cuestionada.
Pero la concesión ya existe, el Gobierno la dio y la Contraloría validó la cesión del contrato de Autopistas del Valle a OAS, la pregunta ahora es:- ¿Se puede anular?
Los caminos son varios y la justificación que da el Gobierno para no hacerlo es que quitar la concesión significaría una demanda por millones de dólares contra el Estado, mismo discurso que utilizó con el caso Crucitas y uno de los argumentos que se escucharon cuando la empresa Riteve peleó por la concesión de la revisión técnica.
Sin embargo, el abogado y especialista en contratación administrativa Luis Ballestero, expresó que las opciones no son tan trágicas ni nocivas para la salud financiera del Estado y que hay dos caminos que se pueden adoptar para eliminar la concesión. En el primero, el Estado debe declarar el contrato como “lesivo”, en este sí tendría que indemnizar a la empresa, pero en el segundo, si se encuentran vicios en el procedimiento, se anularía en el Contencioso y no se le tendría que pagar nada a OAS.
“Solo hay dos maneras, una que se de el proceso de lesividad, que está establecido en el artículo 155 de la Ley General de la Administración Pública y requiere un pronunciamiento de la Procuraduría General de la República y de la Contraloría, el otro está en el artículo 173 de la Ley de la Administración Pública, que se aplica para anular un acto, se debe abrir un proceso administrativo, se le debe notificar a la empresa, esta tiene que defenderse. Es un procedimiento administrativo “, explicó Ballestero.
El artículo 155 de la ley establece que “La revocación de un acto declaratorio de derechos subjetivos deberá hacerse por el jerarca del ente respectivo, previo dictamen favorable de la Contraloría General de la República. Simultáneamente deberá contener el reconocimiento y si es posible el cálculo de la indemnización completa de los daños y perjuicios causados, so pena de nulidad absoluta”, explicó Ballestero.
Además, la ley establece que los daños y perjuicios deberán ser liquidados por la Administración dentro del mes posterior a la solicitud o recurso del administrado que contenga la liquidación pretendida por éste.
La otra opción sería el artículo 173 de la misma jurisdicción, que establece que si el Estado encuentra razones por las que el contrato de concesión podría ser vicioso, puede llevarlo al Tribunal Contencioso Administrativo.
Antes de anular los actos referidos en este artículo, el acto final debe estar precedido por un procedimiento administrativo ordinario, en el que se hayan observado los principios y las garantías del debido proceso y se haya brindado audiencia a todas las partes involucradas. En los casos anteriores, el dictamen deberá pronunciarse expresamente sobre el carácter absoluto, manifiesto y evidente de la nulidad”, expresa el artículo.
Ballestero añadió que en el primer caso, si se anula el contrato y se indemniza a la empresa, se debería calcular el pago de la siguiente manera; “uno de los aspectos es la composición del precio, que se componen por el porcentaje es de insumos, mano de obra, procesos administrativos y utilidad”.
Por su parte, Paul Brenes, el representante de los grupos organizados de San Ramón contra la carretera, explicó que plantearán dos caminos, el primero la vía pacífica. Le darán la oportunidad al Gobierno de que se eche para atrás con la concesión el 11 de abril, cuando le entregarán un documento donde establecerán su descontento con la concesión. Si no lo acatan, irán a la vía legal.
“Hay varias formas, una es por las buenas y la otra es por las malas. En las actividades del 11 de abril, los ciudadanos vamos a pedirle al Gobierno declarar la lesividad del contrato, el Gobierno puede hacerlo, es un criterio de interés público lo tiene que razonar, pero los argumentos están a la vista. Por las malas, bueno, nosotros sabemos que vamos a ir a la Sala con recursos de amparo y al Contencioso, donde tenemos las pruebas y vamos a ganar”, expresó Brenes.
Escrito por Jimena Soto | jimena.soto@crhoy.com

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