sábado, 26 de enero de 2013

MOCION PRESENTADA POR LA COMISION DE ASUNTOS AMBIENTALES ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA 15 de enero de 2013 Para que el Concejo Municipal declare al Cantón de Sto. Domingo, cantón ecológico, libre de transgénicos.

ATENCIÓN ATENCIÓN ATENCIÓN
Ya son más 15 los cantones que se han declarado "libres de transgénicos",la fracción del MAS a través de la Comisión de Ambiente presentó la moción ante el Concejo Municipal para  tal declaratoria, sin embargo no esta no ha sido aprobada.Ayúdenos con este objetivo  llevando mensajes o enviándolos a los correos o al facebook de la Municipalidad de Santo Domingo solicitando tal aprobación.

DOMINGUÑAS /OS, ÚNASE A ESTA LUCHA PARA QUE NUESTRO CANTÓN SEA UNO MÁS EN DECLARAR NUESTRO TERRITORIO LIBRE DE TRANSGÉNICOD, POR EL BIEN DE LA POBLACIÓN ACTUAL, POR LAS FUTURAS GENERACIONES Y POR DEFENDER LA SOBERANÍA ALIMENTARIA DE NUESTRO PUEBLO. POR LA DEFENSA DE LAS SEMILLAS CRIOLLAS ANCESTRALES., DEBEMOS DE DETENER EL ABUSO DE LAS TRANSNACIONALES COMO MONSANTO.
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MOCION PRESENTADA POR LA COMISION DE ASUNTOS AMBIENTALES
ANTE EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
15 de enero de 2013
Para que el Concejo Municipal declare al Cantón de Sto. Domingo, cantón ecológico, libre de transgénicos.

1. Bases legales de la autonomía municipal y sus obligaciones en defensa de la biodiversidad

·         La Constitución Política en su Art. 170 sienta las bases de la autonomía política, administrativa y financiera de las Municipalidades, lo que significa que tienen  el derecho de definir sus políticas de desarrollo.
·          El Código Municipal en su artículo 4  confirma el principio anterior.
·         La Procuraduría General de la República, señala que la autonomía debe interpretarse como el derecho de realizar los actos de gobierno municipal dentro de los grandes lineamientos existentes en el país a través de las diversas políticas que se han construido.
·         La ley de Biodiversidad en su artículo 52 sobre ordenamiento territorial da lineamientos a las municipalidades para que en los planes o autorizaciones de uso y aprovechamiento de cualquier recurso natural, tomen en consideración la conservación de la biodiversidad y su empleo sostenible.
·         La ley Orgánica del Ambiente, en su artículo 2, e) establece que  “El daño al ambiente constituye un delito de carácter social, pues afecta las bases de la existencia de la sociedad; económico, porque atenta contra las materias y los recursos indispensables para las actividades productivas; cultural, en tanto pone en peligro la forma de vida de las comunidades, y ético, porque atenta contra la existencia misma de las generaciones presentes y futuras”.
·         Por último y según el voto Nº 2002-1220 de la Sala Constitucional: “.... los gobiernos locales pueden y deben exigir el cumplimiento de requisitos ambientales en su territorio, y en caso de conflicto con las autoridades rectoras de la materia ambiental, pueden someter las controversias al contralor jurisdiccional, según la naturaleza de la infracción. Es por lo anterior que las normas tutelares del medio ambiente no son incompatibles, desde el punto de vista constitucional, con las facultades y competencias de las municipalidades, las que están obligadas, por imperativo del artículo 50 de la Constitución Política, a prodigarse en la protección del medio ambiente.”
·         Por lo tanto, sin perjuicio de la función que la ley le asigna al Ministerio de Agricultura y Ganadería en materia de control y regulación de los organismos genéticamente modificados, una municipalidad está plenamente facultada para adoptar medidas dirigidas a proteger el ambiente y la biodiversidad en su territorio frente a las amenazas que este tipo de organismos implican. (...). En el ejercicio de estas facultades es totalmente legítimo que una municipalidad decida limitar, restringir e incluso prohibir la proliferación de transgénicos en su territorio

2. La situación en la agricultura con los transgénicos dañinos para la salud y contaminantes de los cultivos no transgénicos  ha sido ampliamente documentada y reconocida.  Basados en esta realidad, y en el poder de decisión sobre sus territorios que la ley les otorga, once municipalidades: Abangares. Nicoya y Sta. Cruz de la Provincia de Guanacaste, Paraíso y Oreamuno de Cartago, San Isidro y Barva de Heredia, Moravia de San José, Palmares de Alajuela, Aguirre de Puntarenas y Talamanca de Limón se han declarado libres de transgénicos.  Sus razones las avalamos y compartimos en toda su extensión.

3. Si bien el cantón de Sto. Domingo no es especialmente productivo de maíz ni trigo, ni menos de algodón o piña, amenazados principalmente y hasta el momento por las solicitudes de permisos para introducir organismos transgénicos de variedades de dichos cultivos, la moción de declaratoria de nuestro cantón para sumarlos a los once arriba indicados, tiene dos razones principales. 
  • La primera como un gesto de solidaridad con los cantones de Guanacaste que es  donde se pretende obtener actualmente permisos para sembrar maíz transgénico, base de nuestra cultura y alimentación.  Su contaminación nos afecta a todos y todas.
  • La segunda porque debemos adelantarnos y aprender lecciones de países vecinos como Colombia y México ante la amenaza de variedades de café transgénico.
  • En Colombia Según ActionAid, la compañía estadounidense Integrated Coffee Techonologies está desarrollando un proceso destinado a manejar a voluntad la maduración de la semilla del cafeto.   La preocupación es que una mutación transgénica puede afectar al café colombiano pues  Cuando se liberan estos organismos en el medio, se están introduciendo seres extraños que pueden provocar alteraciones en los ecosistemas, al recombinarse con especies autóctonas” declararon especialistas.  [1]
  • En el caso de México, desde hace unos años los productores de café orgánico están luchando en contra del ingreso de un café transgénico patentado por la empresa Nestlé [2] que supuestamente facilita su industrialización para lograr una mayor solubilidad en el café industrializado en polvo. [3]  Su aprobación afectaría a  480 mil familias mexicanas de pequeños productores  de café arábigo, por el riesgo de contaminación de sus cafetos.  Ellos perderían los sellos de certificación de producción orgánica, lo que les  impediría continuar con sus exportaciones, tal como está sucediendo a los productores de miel de abeja del estado de Yucatán cuyos envíos a Europa fueron totalmente cancelados por la contaminación del polen producido por la soya transgénica cercana [4].
De esta manera, en solidaridad con los cantones productores de maíz, trigo, algodón y piña y  antes  de que las solicitudes para el ingreso de café transgénico lleguen al país, la comisión de asuntos ambientales solicita a este Concejo Municipal declarar  a nuestro cantón,  como territorio ecológico y libre del ingreso de cualquier cultivo transgénico y muy especialmente de cualquier café modificado por técnicas de ingeniería genética y subsecuentemente patentado.

El Concejo conoce y acuerda aprobar la moción de la Comisión de Ambiente en donde se declara al Cantón de Sto. Domingo  como  territorio ecológico y libre del ingreso de cualquier cultivo transgénico y muy especialmente de cualquier café modificado por técnicas de ingeniería genética y subsecuentemente patentado.


[1] Una mutación transgénica puede afectar al café colombiano. Coffe News EuropeAporrea. 21 de septiembre de 2009
[3] Matilde Pérez U. Pide Nestlé patente en México para grano de café transgénico.  Afectaría a 480 mil familias, por el riesgo de contaminación de sus cafetos. Periódico La Jornada.  Viernes 7 de mayo de 2010, p. 43
[4]  Henríquez,  Elio.  Baja venta de miel por siembra de transgénicos . Publicado: 14/06/2012 19:40  http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2012/06/14/194035253-disminuye-venta-de-miel-por-siembra-de-transgenicos-productores

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