· Sospechoso no tiene relación con delito de tráfico de drogas
31 de enero de 2013. Un hombre de apellido Brenes se encuentra a la orden de la Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada (FACDO), como sospechoso de cobrar al menos ¢300.000 (trescientos mil colones) al líder de una banda dedicada al narcotráfico. A cambio, el funcionario del Área de administración tributaria del Instituto Mixto de Ayuda Social (Imas) colaboró para que el grupo criminal evadiera el pago de impuestos de la propiedad donde tenía instalado un laboratorio de marihuana hidropónica.
Años atrás, en el terreno se había construido un motel, por lo que, según el registro que existía en el Imas, se debía tributar un monto superior a los ¢2.000.000.
La FACDO ordenó la captura de Brenes, quien fue detenido minutos antes de las 11 de esta mañana, en la casa de una tía, en Santo Domingo de Heredia, pues se encuentra incapacitado hoy y mañana.
El delito que se le atribuye a Brenes es cohecho propio, incluido en el artículo 341 del Código Penal. El detenido será indagado a la 1:30 p.m. en la Fiscalía de Alajuela, y tras su declaración, el Ministerio Público valorará las medidas cautelares a solicitar.
Detención de banda narco. El 17 de mayo de 2012, la Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada, en estrecha coordinación con la Policía de Control Drogas, dio el golpe a la banda, conformada por costarricenses y cubanos, que se encargaba de producir marihuana de alta calidad.
En el laboratorio, ubicado en La Garita de Alajuela, se hallaron tres laboratorios de hidroponía, técnica que permite el crecimiento de la mata en un tiempo más corto que el proceso normal.
Por este caso hay 10 imputados, a quienes la Fiscalía solicitará prórroga de medidas cautelares el próximo 17 febrero.
A Brenes se le trasladó a la fiscalía de Alajuela debido a que el expediente principal del caso se encuentra en esa jurisdicción, pero la investigación está a cargo de la Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada.
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Cohecho propio. Será reprimido con prisión de dos a seis años y con inhabilitación para el ejercicio de cargos y empleos públicos de diez a quince años, el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere una dádiva o cualquier otra ventaja o aceptare la promesa directa o indirecta de una retribución de esa naturaleza para hacer un acto contrario a sus deberes o para no hacer o para retardar un acto propio de sus funciones.
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