jueves, 2 de febrero de 2012

Gobierno de Chinchilla da luz verde al acueducto de Sardinal

El Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet), le dio el último aval administrativo a la construcción del Acueducto de Sardinal, Guanacaste, que usará el agua de reservorios comunales para canchas de golf, centros comerciales, condominios, piscinas, villas y hoteles.

En su última deposición legal como Ministro a.i., el ex viceministro del Ambiente Andrei Bourrouet Vargas, rechazó una apelación a la resolución             2844-2010       de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), del 19 de diciembre anterior, presentada por Confraternidad Guanacasteca.

Tras señalar diversas irregularidades en todo el proceso, Gadi Amit, dirigente de Confraternidad Guanacasteca, afirmó que el único camino que sigue en este caso es llevarlo a la vía Contencioso Administrativa, y se hacen los trámites para buscar un abogado especialista en la materia.

Amit llama la atención que el gobierno designara a Bourrouet como ministro a.i. el 9 de enero  anterior, mediante un “acuerdo de viaje”, del titular de la cartera, N° 474-P, pocas semanas después de que renunciara como viceministro del Ambiente.

Igualmente, preocupa a la organización ambientalista Confraternidad Guanacasteca que el día 20 de enero a las 13:45 p.m. emitió la resolución R-031-2012- Minaet, donde rechazó los alegatos legales para mantener la suspensión del proyecto de Acueducto Sardinal El Coco, de propiedad privada.

Amit denunció que el ex ministro, transferido al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), para hacerse cargo de tres proyectos hidroeléctricos, “no ha respondido ni rebatido los argumentos de Confraternidad”.

“Inclusive, no se refiere a que es un proyecto privado como lo señalar la Contraloría General de la República (CGR)”, dijo Amit.

El dirigente de Confraternidad recordó que el tanque de almacenamiento del acueducto se encuentra en propiedad privada, no pública, y que usaría sin permisos y estudios la vía pública para instalar las tuberías.

Irregularidades

De acuerdo con Amit, el Voto de la Sala Constitucional 2009- 262 ordenó a SETENA, anular la Viabilidad Ambiental otorgada a este proyecto. Sin embargo el voto de aclaración, 2010-16538 de las nueve horas y cero minutos del 8 de octubre de 2010, no ordena a SETENA restituir esa viabilidad anulada en el voto anterior. Es el Voto 2009- 262 el que debe primar sobre todo, resaltó. 

Dijo que lo anterior se confirma en el hecho de que un tercer voto tomado   a posterioridad de los otros,  concretamente el día 13 de octubre 2010  (VOTO 2010- 16943),  interpuesto por el ex diputado José Rosales, que es Declarado CON LUGAR y  retrotrae los efectos de esta nulidad, al voto 2009-262 que  ordenó anular la viabilidad. Este voto todavía no ha sido notificado con sus considerandos, apuntó Amit.

Además, en la resolución recurrida se cita objeciones y nulidades al otorgamiento de esta viabilidad, que no han sido resueltos. “Tal es el caso de la Solicitud de nulidad y archivo del expediente que presentamos el 28 de noviembre de 2008 ((Resultando Vigésimo), donde analizamos una serie de irregularidades en el trámite de este expediente”. 

“Este trámite fue acogido y fue notificado a las partes para que se refieran a ello por medio del SG-AJ-94-2008-SETENA,  sin embargo, no ha sido resuelto por el fondo de los alegatos. Entre hechos, irregulares y vicios de nulidad que presentamos están: 1) Esta viabilidad se tramitó como si fuera una obra pública. Ahora está claro que no lo es. 2) Este es un proyecto de gran envergadura e impacto. Así lo consideró la Sala Constitucional en su Voto y por ello requiere de un Estudio de Impacto Ambiental”, anotó Amit.

“Cuando se aprobó carecía de los estudios técnicos del manto acuífero. Además no se incluyó aquí lo referente  a las obras de construcción de los tanques de almacenamiento y distribución, que son parte del mismo proyecto. Igual ocurre con los pozos de agua. Ahora aparece en esta resolución el oficio ASA-947-SETENA-2010 y nos informa: “Se han construido dos tanques de almacenamiento ….” 3) Al presentar el proyecto se falsea los datos por ejemplo: El Anexo 3 (folio 22) dice textualmente, “PROPIEDAD.- No se presenta plano catastro ni certificación notarial o registral de la propiedad ya que la instalación de la tubería se realizará sobre calle pública y paralela a la ya existente…” Tal como se puede comprobar por el informe de mención, los tanques no están en “calle pública” sino en propiedades privadas y se mintió y no se cumplió con los requisitos, pues no se aportó la información y documentación requerida para el trámite de este expediente. Hay una contradicción total, entre “se realizará en calle pública” y la descripción del proyecto “se habilitara un campo de pozos … y su respectiva línea de impulsión hacia dos tanques de almacenamiento, que se construirán por etapas (1000 y 2500 m3 )….”.

Por otro lado, recordó que el 13 de febrero de 2009 presentó a SETENA  una solicitud de Revocatoria con Apelación Subsidiaria (Resultando  Vigésimo Sétimo) contra la cesión de los derechos de la viabilidad ambiental de parte de AyA al Gerente del Banco de Costa Rica. “Esta gestión no ha sido resuelta ni antes, ni en la presente resolución, como en derecho corresponde”, reclamó Amit.

Amit insistió en que “la resolución aquí recurrida, descalifica al grupo de empresas  del Fideicomiso a ser partes del expedientes, pero en realidad son ellos los responsables de esta obra privada, ellos los que construyen, dirigen, financian y se benefician con este proyecto”. 

“El   Lic. Mario Rivera Turcios, Gerente del Banco de Costa Rica es únicamente, quien cuida de los fondos del Fideicomiso en calidad de FIDUCIARIO no tiene entre sus funciones la realización de trámites administrativos, como en este caso (punto g) atribuciones FIDUCIARIO)”, reseñó.

“Reiteramos, no es una obra que va a realizar el Banco de Costa Rica, sino un grupo de empresas privadas, que no están apersonadas al expediente, ni tienen personería jurídica, no son un centro de imputaciones de responsabilidades jurídicas,  y el banco solo maneja su cuenta”, reiteró. 

“Dado que en este caso, ya hay daños ambientales, evidentemente el banco no se hará responsable de tales daños. Como es el caso del daño a la quebrada Alcornoque, ocasionados a inicio de este año,  durante los trabajos ilegales que realizaron, a pesar de las medidas cautelares y del voto 2009-262, para intentar terminar las obras  en el tramo Playas del Coco a Ocotal. Así consta en carta de NOVATECNIA de 2/02/2010 que dice: “Hay un tramo de la tubería que está canalizada justo al lado de este talud que se está erosionando …”. Esto llevó a la empresa constructora a hacer obras dentro de un cauce de dominio público, sin consultar a SETENA debido a la ilegalidad de la situación”, concluyó.

Finalmente, Amit informó que se hacen esfuerzos para contratar un abogado experto en materia Administrativa para llevar el caso a los estrados judiciales.

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