martes, 14 de mayo de 2013

NUEVO KOLBI HOGAR NUMERO VIRTUAL. SABIAS SALIO HOY INFORMATE DE LO NUEVO DE KOLBI. VALE 1500 COLONES Y ES EXTRAODINARIO


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Última actualización: 04/03/13

kölbi hogar

kölbi hogar número virtual

Es un servicio que te brinda un número virtual (con instalación en tu computadora) para que realicés y recibás llamadas telefónicas, SMS* y video llamadas*, utilizando una conexión de internet que podés utilizar desde tu hogar, oficina o cualquier parte del mundo. *Entre usuarios del servicio kölbi hogar número virtual.

Tarifa:

Por sólo ₡1500 i.v.i. mensuales, te damos:
  • 1 número telefónico virtual
  • Paquete básico de facilidades
  • Llamadas ilimitadas GRATIS*
  • 200 minutos GRATIS a números fijos nacionales
  • Programa para computadora
*Llamadas ilimitadas entre usuarios de kölbi hogar número virtual.

El costo de los minutos será de acuerdo a las tarifas establecidas para kölbi hogar telefonía fija:
Si llamás al:Tarifa
Número fijo*₡4,63 Pleno
2,26 Reducido
Número móvil**₡33, 90 Pleno
₡25, 99 Reducido
Número internacional **Tarifa vigente según país.
* Apartir de los 200 minutos consumibles.
**No están incluídos en la tarifa mensual.

Beneficios

  • Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
  • Te podés llevar tu número de teléfono a cualquier parte del mundo.
  • Las llamadas que realicés o recibás desde Costa Rica serán facturadas con el precio de llamadas locales.

Paquete básico de facilidades:

  • La rellamada automática te da el número de la última llamada recibida.
  • Activar o desactivar la facilidad de llamada en espera. 
  • La restricción de identificación de llamada te permite ocultar la información de tu llamada con solo marcar un código
  • La remarcación automática llama al número que antes estaba ocupado.
  • Podés activar la facilidad de no molestar, en caso de recibir una llamada saldrá tono de ocupado. 
  • Contás con la marcación rápida.
  • Podés unir 2 llamadas para hacer una conferencia vía telefónica.
  • Podés desviar las llamadas a otro número específico que tengás.

Requisitos:

  • Tener al menos 1 servicio activo de kölbi Hogar Internet.
  • Contar con una computadora (PC)*.
  • Poseer los dispositivos complementarios para hacer uso del servicio como lo son parlantes y micrófono.
(*) No aplica para usuarios de Mac.

Podés solicitarlo llamando al 1115 o visitando nuestras Agencias o Tiendas kölbi.

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo puedo activar el servicio?
Podés llamar a solicitarlo al 1115.
2. ¿Cuántos servicios de kölbi Hogar Número Virtual puedo activar?
Podés activar hasta un máximo de 5 servicios.
3. ¿Cómo hago para configurar el servicio kölbi Hogar Número Virtual?
Al momento de activar el servicio se te entregará información vía correo electrónico para la instalación y configuración del servicio, el cual contiene el hipervínculo al cual debés accesar para la descarga del software con tus respectivas credenciales.
Allí mismo podrás descargar un manual en el cual se detallan los pasos para la respectiva instalación, configuración y uso.
4. ¿Si extravío las claves, ¿Qué debo hacer?
Podrás solicitar el reenvío de credenciales a un correo electrónico por medio de una llamada al 1119 ó 1115.
5. ¿En cuántas computadoras puedo instalar el servicio?
El software podrá ser instalado en las computadoras que desees, siempre y cuando guardes el archivo ejecutable que se descarga del portal. Solamente podrás descargarlo 3 veces. En caso de necesitar una nueva descarga la podrás realizar por medio una llamada al 1119.
6. ¿Dónde puedo utilizar el servicio?
Podrás hacer uso del servicio en cualquier lugar del mundo con una conexión a Internet de banda ancha.

Un Mensaje a la Conciencia Video | Audio 14 may 13


Un Mensaje a la Conciencia
14 may 13
UN TRÁGICO DÍA DE LA MADRE
por Carlos Rey

«Si no vienes con nosotros a la iglesia, tampoco saldrás a jugar —le advirtió con severidad Edward Simón a su hijo de diez años—. Nosotros vamos a la celebración del Día de la Madre.» Pero en lugar de acatar la advertencia, el niño alzó una pistola y vació el cargador sobre sus padres, matando al padre e hiriendo de gravedad a la madre.
Frente a otra iglesia, después de la celebración del Día de la Madre, Fannie Watson, de setenta años, no bien subió a su automóvil cuando recibió varios balazos en el pecho. Percy Washington la había confundido con su esposa, a la que tenía la intención de matar ese día, y baleó a la señora Watson por equivocación.
Fue un trágico Día de la Madre para dos pueblos, dos iglesias y dos familias.
Estos dos delitos sorprendentes, ocurridos en el Día de la Madre, nos llevan a reflexionar sobre el valor de las tradiciones religiosas. ¿De qué sirve, para muchas personas, celebrar ciertas fiestas religiosas?
El Día de la Madre, el Día del Padre, la Navidad, la Semana Santa, Pentecostés, Corpus Christi, Yom Kippur, Rosh Hashana, Ramadán, el Día del Dragón o del Cangrejo, ¿qué significado tienen en lo profundo del corazón de quienes los celebran?
Cuando la religión convierte una ocasión en una celebración y nada más, puede llegar a volverse ella misma un instrumento de muerte y no de vida, sobre todo en los casos en que ofrece la excusa perfecta para organizar una juerga y emborracharse. ¡Quién sabe cuántos, en medio del desenfreno de tales fiestas, han cometido actos de los que se han arrepentido y que han ansiado poder borrar de su memoria y de sus antecedentes penales!
Pero aun en los casos en que las consecuencias de esas celebraciones son menos funestas, cuando se llevan a cabo con motivo de tradiciones religiosas como las del cristianismo histórico, en nombre de Dios, nos recuerdan las palabras de Jesucristo a los fariseos y maestros de la ley de su época: «Así por causa de la tradición anulan ustedes la palabra de Dios. ¡Hipócritas! Tenía razón Isaías cuando profetizó de ustedes: “Este pueblo me honra con los labios, pero su corazón está lejos de mí. En vano me adoran....”»1
Es que Cristo no vino a ofrecer una nueva religión, organizada y jerarquizada, con liturgias, ceremonias, fiestas y tradiciones para las que habría que establecer nuevos días festivos. Al contrario, Él vino a ofrecer su vida misma para salvar la nuestra, y su espíritu para reanimar el nuestro. Lo que cada uno de nosotros necesita con urgencia no son celebraciones muertas sino a ese Cristo vivo, que está dispuesto a reinar en el corazón de todo el que lo honre no sólo con los labios sino con su vida entera.

1Mt 15:6,7‑8,9

Doña Laura Usted promulgó un Decreto para la CCSS (IVM) y le quita el sustento, entonces.....


Estimada señora Presidente doña Laura Chinchilla Miranda.
Después de enviarle un cordial saludo, solicito a Usted de la manera más atenta y respetuosa me informe el por qué, del  Decreto N° 37127-MTSS del 30 de abril del 2012, que viola la Ley 7983 LEY DE PROTECCION AL TRABAJADOR.
En febrero del año 2000, entra en vigencia la Ley de Protección al Trabajador, Ley N° 7983, que en su artículo 78 señala claramente las responsabilidades delPoder Ejecutivo para hacer efectivo un derecho inherente al sistema de seguridad social tutelado por la Constitución Política en su artículo 177
“Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia en las rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado”.
(La negrita no forma parte del original)
Ahora bien, esta Ley en su artículo 78 indica textualmente:
Establécese una contribución hasta del quince por ciento (15%) de las utilidades de las empresas públicas del Estado, con el propósito de fortalecer el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, en cuanto a su financiamiento y para universalizar la cobertura de la CCSS a los sectores de trabajadores no asalariados en condiciones de pobreza. (…)

(La negrita no forma parte del original)
Doña Laura, hasta donde tengo entendido un Decreto nunca puede exceder los límites de una LEY, de manera, que el Poder Ejecutivo desobedece tal principio contraviniendo el artículo 78 de esa Ley ya que en 13 años el régimen de IVM, nunca ha recibido un solo cinco de esta Ley.
Indica el Decreto:
“III.- Que la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante oficio P.E.22.927-10, de fecha 9 de junio del 2010, remitió el “Estudio Actuarial sobre el Artículo 78 Ley Protección al Trabajador” elaborado por la Dirección Actuarial de esta Entidad en el año 2006, que estimó que el monto de la contribución debería establecerse de manera gradual: para el año 2002 un 5%, para el año 2003 un 7%, para el año 2004 y posteriores un 15%
IV.- Que las estimaciones y proyecciones de la Caja Costarricense de Seguro Social realizadas mediante el estudio de valuación actuarial del Régimen, en febrero del 2006, establece en el Régimen de Invalidez Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, se sostiene sin utilizar las reservas hasta el 2024 y utilizando reservas hasta el 2040.
V.- Que en el año 2009, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) eleboró el estudio denominado: “Reporte sobre la validación de la valuación actuarial del Régimen de Invalidez Vejes y Muerte, (RIVM), efectuada por la Caja Costarricense de Seguro Social”. En este estudio se establece que el régimen se sostiene sin utilizar las reservas hasta el año 2039 y utilizando reservas hasta el año 2045, (…)
IX.- Que en el plazo de ley, todas las entidades públicas afectas a la disposición del artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador, se pronunciaron en contra de la contribución propuesta, excepto el Instituto Nacional de Seguros.
Por tanto,
DECRETAN:
FIJACIÓN DEL PORCENTAJE QUE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO DEBEN APORTAR PARA FORTALECER EL RÉGIMEN DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Un 5% a partir del año 2013
Un 7% a partir del año 2015
Un 15% a partir del año 2017”
(La negrita no forma parte del original)
Las empresas públicas del estado que deben de contribuir entre otras son: el ICE, INS, AYA, RECOPE, CNFL etc.
Señora Presidenta, con todo respeto puedo sacar por conclusión, que el Decreto que fue publicado en la Gaceta N° 71 del 29 de Mayo del 2012 está llevo de ilusiones cosméticas que no se ajustan a la realidad, sobre todo, si vemos las publicaciones de los diferentes medios que indican todo lo contrario.
El 24 de Abril recién pasado indica el periódico La Nación:
“No se sabe cuándo ni cuánto, pero es un hecho que el aporte que hacen los trabajadores, los patronos y el Estado, así como requisitos de edad para pensionarse por el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), sufrirán un aumento en el corto o mediano plazo.
Así lo consideran las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que ven en esas reformas la única salida a la compleja situación que atraviesa el régimen de jubilación más grande del país, que cuenta con 1,4 millones de cotizantes y 60.000 patronos aportando mes a mes”.
Así las cosas, el Poder Ejecutivo “trata con ese Decreto Ejecutivo” que la CCSS se beneficie con la contribución de las utilidades de las Empresas Públicas del Estado y, por otro lado, el mismo Gobierno sofoca a estas empresas para que sus ganancias sean disminuidas considerablemente al impedirles que lleven a cabo aumentos en este último año de la Administración, conste doña Laura, me parece muy bien la medida ya que eso nos conviene a todos, pero, y qué con las, entonces…..lo que se hace con la mano se borra con el codo.
Por incumplimiento de deberes de nuestros gobernantes en las últimas administraciones, el régimen de IVM ha dejado de recibir 359 millones de colones, teniéndolo prácticamente colapsado, por ello, es que le solicito señora Presidenta derogar dicho Decreto y hacer a la mayor brevedad posible que la Ley se cumpla a cabalidad y, así no se le cause más daño a los asegurados que siempre hemos creído en esta noble y Benemérita Institución.

Atentamente;

Roberto Mora Salazar
Céd: 1-396-099
Cel: 8340-4504
Correo electrónico: roberto.romoxa@gmail.com
14 de Mayo de 2013

GRABACION DEL PROGRAMA LA VOZ DEL PUEBLO. LUNES 13 DE MAYO 2013. RADIO GIGANTE 800 AM. DE LUNES A VIERNES DE 10 A 12 MD. www.walterrodriguez.net DIRECTOR WALTER EDUARDO RODRIGUEZ CAMPOS TELEFONO 87151515. CORREO ELECTRONICO lavozdelpueblo@gmail.com

GRABACION DEL PROGRAMA LA VOZ DEL PUEBLO. LUNES 13 DE MAYO 2013. RADIO GIGANTE 800 AM. DE LUNES A VIERNES DE 10 A 12 MD. www.walterrodriguez.net DIRECTOR  WALTER EDUARDO RODRIGUEZ CAMPOS  TELEFONO 87151515.   http://ff.im/1fse9f


Manifestación por el acuerdo de la concesión San José- San Ramón

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