Libertad de prensa y Libertad de expresión
De acuerdo con el parecer de los economistas Luis Mesalles (La Nación, 11/04/15), y Emilio Bruce (La República, 10/04/15), presidente el primero y expresidente el segundo de la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), la libertad de expresión y la de prensa son inconcebibles una sin la otra y con ellas, en tanto, libertades básicas, no se juega, como presumiblemente pretendía hacerlo la propuesta de Ley de Radio y Televisión presentada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Comunicaciones (Micit), rápidamente retirada por el ejecutivo ante el clamor de la prensa y las cámaras empresariales, no sin antes llevarse entre sus garras las cabezas de dos ministros y un viceministro.
Ya en artículo anterior (Semanario UNIVERSIDAD, 22-28/07/15) exponíamos nuestras dudas sobre el sentido y alcances de las denuncias del editorial de La Nación y de tan distinguidos representantes empresariales en torno al presunto socavamiento que de la libertad de expresión conllevaba el proyecto del Micitt. Ahora quisiéramos expresar algunas ideas en cuanto a la libertad de prensa y su relación con la libertad de expresión, en particular la asimilación de la primera como libertad fundamental al igual que la segunda y como condición para el ejercicio de esta.
Al referirnos a la libertad de prensa, se suele destacar la libertad de que gozan los ciudadanos para organizarse libremente en la edición de medios cuyos contenidos no estén controlados ni censurados por los poderes estatales, y que toda persona puede publicar sus ideas libremente y sin censura previa.
En esta delimitación son de resaltar cuatro aspectos, tres de ellos por extensión, el cuarto, gravitando transversalmente, por exclusión: el primero referido a la libertad de prensa como organización ciudadana al margen de los poderes estatales; el segundo a la independencia de los contenidos de los medios respecto al control y censura de los poderes estatales; el tercero a la libertad de toda persona a publicar sus ideas libremente y sin censura previa; aspectos estos dos últimos que prácticamente igualan la libertad de expresión con la de prensa, y que parece dar la razón a los señores Mesalles y Bruce, así como al editorial de La Nación.
Pero resulta, y he aquí el cuarto aspecto que se destaca más bien por exclusión, que la libertad de prensa, más que a la libertad ciudadana para organizarse a fin de hacer efectiva la libertad de toda persona a publicar sus ideas libremente y sin censura previa, remite a la libre organización para el libre ejercicio de la información que, a diferencia de las ideas u opiniones, requiere de mediación profesional, al menos en este país, objetividad o al menos triangulación de fuentes en sus contenidos informativos, y libre circulación y acceso, so pena de fallar en su razón de ser.
En consecuencia, la libertad de prensa en tanto organización ciudadana al margen de los poderes estatales solo es efectiva en tanto sea capaz de garantizar el derecho a la libertad de información, no tanto de expresión, caso contrario, dicha organización no estaría siendo garante de dicha libertad de prensa sino siendo expresión sesgada de ciertos intereses apelativos o expresivos, que no informativos, particulares. ¿Existe acaso tal tipo de organización inclusiva y que al mismo tiempo se maneje por las leyes del mercado? Creo que ni el medio ni los representantes empresariales aludidos se atreverían a responder afirmativamente. Solamente la organización estatal en tanto efectiva expresión democrática de la voluntad general puede realmente, al contrario del decir común, ser garante de la libertad de prensa entendida como condición y siendo una con la libertad de expresión.
En fin, no parece existir necesariamente una relación de identidad yconsonancia entre libertad de expresión y libertad de prensa, por lo que bien haríamos en tratarlas como temas, si bien relacionados, no identificables uno con el otro.
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