El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) ha venido alertando en repetidas ocasiones sobre los problemas que dificultan la consecución de acuerdos de interconexión entre la institución y otras empresas de telecomunicaciones. Por ejemplo, ese fue uno de los puntos medulares de la posición oficial presentada ante la SUTEL en relación con el borrador del Concurso Público “Concesión para el uso y explotación del espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de telecomunicaciones Móviles” (Cartel 2010-LI-000001-89900).
En esa ocasión, el Instituto manifestó con toda claridad sobre la “incoherencia e insuficiencia en lo relativo al modelo de costos de interconexión, que es otro aspecto fundamental para evitar inseguridad jurídica y facilitar las inversiones”.
En efecto, no fue sino hasta el 17 de marzo de 2010 que SUTEL publicó la resolución RCS-137-2010: “Definición de la metodología para la fijación de los precios de interconexión.”, en La Gaceta Nº 53, a pesar de que la Ley General de Telecomunicaciones fue promulgada casi dos años antes, el 30 de junio de 2008. La definición de la metodología es indispensable para poder suscribir los contratos, ya que sin ella, no se contaría con un elemento esencial del contrato como es el precio.
Por causa de estas insuficiencias en el marco regulatorio y al haber sujetado la SUTEL las tarifas a los usuarios finales a los precios aprobados por la ARESEP, sin incluir los costos de interconexión, las partes no han podido concluir dichos contratos, ante la inexistencia, reiteramos, de una metodología fijada por la SUTEL según lo establece la Ley General de Telecomunicaciones y el Reglamento de Acceso e Interconexión.
Adicionalmente, la fijación de los precios de interconexión, previa definición de la metodología, requiere cambios profundos en la estructura contable de la empresa a la cual se le demanda interconectar sus redes que históricamente estaba orientada a un mercado de cliente final y no a un mercado mayorista. Esto no es técnicamente posible en el corto plazo, como se pretende, dada la complejidad que esto entraña.
Finalmente, reiteramos la mejor disposición del ICE de alcanzar acuerdos de interconexión, como lo ejemplifica el caso del contrato firmado entre el ICE e Intertel Worldwide, publicado en La Gaceta del 25 de junio de 2010. Así como su compromiso de continuar avanzando en las negociaciones de interconexión con otras 43 empresas y que en su gran mayoría están muy adelantadas.
La Institución, en su compromiso por colaborar con las empresas solicitantes de interconexión, está revisando con cada solicitante la viabilidad de fijar costos provisionales para algunos servicios, de forma que puedan firmarse contratos que luego se ajustarían a las disposiciones finales que emita SUTEL sobre la materia.
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