jueves, 22 de noviembre de 2012

LA VOZ DEL PUEBLO – COSTA RICA » Más de un millón de ticos pobres

LA VOZ DEL PUEBLO – COSTA RICA » Más de un millón de ticos pobres

Estimada señora Contralora General de la República Doña Marta Eugenia Acosta Zúñiga. Reciba Usted un caluroso saludo de mi parte. En realidad, no sé si Usted es la persona indicada para llevar a cabo esta denuncia, sin embargo, de no ser así, de antemano le pido las disculpas del caso. La corrupción, la complacencia y la alcahuetería en la Administración Pública ha llegado a tal grado, que como ciudadano, me siento en total indefensión, desmotivación, y aún peor, totalmente desprotegido por las autoridades competentes para llevar a cabo los controles pertinentes. Al cabo de varios años he venido dando seguimiento a los malabares y maniobras en que ha incurrido el “señor” Alí Mahamed Aquil, pasaporte Canadiense N° AB 546318. Inclusive, el 25 de junio del año en curso envié nota al señor Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública Mario Zamora Cordero, para que actuara y, por supuesto, la respuesta brilla por su ausencia.


Estimada señora Contralora General de la República Doña Marta Eugenia Acosta Zúñiga.
Reciba Usted un caluroso saludo de mi parte.
En realidad, no sé si Usted es la persona indicada para llevar a cabo esta denuncia, sin embargo, de no ser así, de antemano le pido las disculpas del caso.
La corrupción, la complacencia y la alcahuetería en la Administración Pública ha llegado a tal grado, que como ciudadano, me siento en total indefensión, desmotivación, y aún peor, totalmente desprotegido por las autoridades competentes para llevar a cabo los controles pertinentes.
Al cabo de varios años he venido dando seguimiento a los malabares y maniobras en que ha incurrido el “señor” Alí Mahamed Aquil,  pasaporte Canadiense N° AB 546318.
Inclusive, el 25 de junio del año en curso envié nota al señor Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública Mario Zamora Cordero, para que actuara y, por supuesto, la respuesta brilla por su ausencia.
Ahora bien, el señor Aquíl Alí desde su permanencia en nuestro país se ha dedicado a inscribir razones sociales diversas y, ninguna de ellas ha honrado los pagos de cuotas obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, cosa que demuestra que está muy bien asesorado por enemigos de nuestra querida Patria.
Con esta situación queda claramente demostrado que este “señor” ha venido a Costa Rica, simplemente a violar nuestro ordenamiento jurídico y se burla una y otra vez de nuestras Instituciones, llámese, Caja Costarricense de Seguro Social, Fodesaf, ya que ha deducido mes a mes a todos los trabajadores de estas compañías las cargas sociales y en una clarísima retención indebida, no las ha reportado a la Caja.
A la fecha sus representadas adeudan a la CCSS la suma de579.592.497.00
CED JURID
NOMBRE RAZON SOCIAL
ESTADO ANTE LA CCSS
SUCURSAL CCSS
MONTO ADEUDADO.





3-101-211739
PIZZA DOS POR UNO, S.A.
NO APARECE INSCRITA
NO APARECE INSCRITA
0.00
3-101-215428
RASCACIELOS COLON, S.A.
INACTIVO MOROSO
HEREDIA
15.663.341.00
3-101-218094
RASCACIELOS JOSEFINOS INTERNACIONALES, S.A.
INACTIVO MOROSO
HEREDIA
4.096.043.00
3-101-276991
FOODS WORKS MORAVIA XYZ, S.A.
INACTIVO MOROSO
HEREDIA
114.370.525.00
3-101-354967
GIRONELLA, S.A.
INACTIVO MOROSO
OFICINAS CENTRALES
38.699.659.00
3-101-356956
TUMACOL, S.A.
INACTIVO MOROSO
DESAMPARADOS
65.418.908.00
3-101-154024
PICOS DE SAN JOSE, S.A.
INACTIVO MOROSO
HEREDIA
3-101-362060
CARILOBOS, S.A.
INACTIVO MOROSO
DESAMPARADOS
38.644.990.00
3-101-357008
SOLMARACAY
ACTIVOMOROSO
OFICINAS CENTRALES
35.592.243.00
3-101-383212
HIGHGATE FERMA, S.A.
INACTIVO MOROSO
CARTADO
81.424.522.00
3-101-355526
CUMBALE, S.A.
INACTIVO MOROSO
OFICINAS CENTRALES
59.313.618.00
3-101-361874
MARBANICAL, S.A.
INACTIVO MOROSO
GUADALUPE
125.520.634.00





TOTALES



₡579.592.497.00






Al analizar esta situación, es notoria la complacencia de los jerarcas de la CCSS para con este fulano, me pregunto ¿será que existe MANO PELUDA?
Por muchos años estuvieron funcionando los restaurantes de2X1 Pizza en el área metropolitana, al igual que en varias provincias del país, sin embargo, la alcahuetería de los funcionarios de la Caja llegó a tal punto que la razón socialPIZZA DOS POR UNO, S.A. cédula jurídica N° 3-101-211739 nunca fue inscrita ante la Institución, de nuevo MANO PELUDA.
El cinismo y desvergüenza del señor Alí, con la complacencia de nuestras diferentes autoridades ha llegado a tal descaro, que el día de hoy en  reportaje del periódico La Nación (http://periodico.nacion.com/doc/nacion/la_nacion-22noviembre2012/2012112201/?key=3d95bcb82fc2cdd0ac9ae44a07e9d447#46dice:
“Patey anunció que existe un acuerdo preliminar con la asociación y este será mediante una nueva compañía que tendrán Patey, sus hermanos, Mike y Mark, así como Aquil Alí, los otros inversores”.
Acordémonos que este extranjero llegó a tal desfachatez, que solicitó a la Asamblea Legislativa que se hiciera una reforma al Reglamento  de la CCSS para que los equipos de futbol no pagaran las cuotas de sus jugadores a la CCSS.
Doña Marta, será que estamos llegando al momento que se perdió la soberanía y derechos de nosotros los Costarricenses.
Cuando un extranjero viene a nuestra querida Patria y violenta toda la institucionalidad y el ordenamiento jurídico, ¿qué podemos esperar? o será que el que no entiende es el suscrito y debemos doblegarnos y rendir pleitesía a este tipo de sujetos como si estuviéramos en su país.
Por favor doña Marta, si me puede ayudar se lo agradeceré y, si no está en sus manos por favor oriénteme ya que como Costarricense y habitante de este país me encuentro totalmente desmoralizado por las cosas que están ocurriendo.
En la Reforma del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, publicada en la Gaceta N° 46 del 7 de marzo del 2011 entre otras dice:
[...]
“Artículo 74 bis.-
Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se entenderá que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones con la seguridad social, quienes hayan suscrito un arreglo de pago con la CCSS que garantice la recuperación íntegra de la totalidad de las cuotas obrero-patronales y demás montos adeudados, incluyendo intereses, y estén al día en su cumplimiento.  Lo anterior, siempre que ni el patrono moroso, ni el grupo de interés económico al que pertenezca, hayan incumplido ni este ni ningún otro arreglo de pago suscrito con la CCSS, durante los diez años anteriores a la respectiva contratación administrativa o gestión.”

Creo que este artículo se le puede aplicar al Club Sport Herediano si el señor Aquil Ali llega a invertir en esa Asociación, ya que considero entraría en un grupo de interés económico tal y como lo indica esta reforma.

Adjunto documentos de la página web de la CCSS que demustran lo indicado

Atentamente;

Roberto Mora Salazar
Céd: 1-396-099
Cel: 8340-4504
Correo electrónico: roberto.romoxa@gmail.com
22 de Noviembre de 2012

Presidente de la Asamblea pide destitución de Benavides - Diario Digital Nuestro País

Presidente de la Asamblea pide destitución de Benavides - Diario Digital Nuestro País

MORDAZA PRESIDENTA

CRHOY - Ministro de Planificación habla sobre pobreza y desigualdad

Sala IV declara con lugar recurso contra Seguridad por uso irracional de la fuerza

La Sala Constitucional declaró con lugar un Se declara con lugar el recurso de Hábeas Corpus “por uso irracional y desproporcionado de la fuerza policial”, en contra del ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica.

El recurso fue interpuesto por Manuel Emilio Soto Aguilar, en favor de Jean Carlo Espinoza Moreira, golpeado y detenido por oficiales de la Fuerza Pública el 9 de octubre anterior.

Ese día se realizó una manifestación frente a la Asamblea Legislativa, con motivo de la marcha “Fotocopiando para estudiar”.

En la Resolución Nº 2012015924, la Sala ordena a Mario Zamora Cordero, en su condición de Ministro de Seguridad Pública, o a quien ocupe dicho cargo, que en el plazo de 48 horas, contado a partir de la notificación del voto, debe abrir un procedimiento administrativo disciplinario en contra de los oficiales que realizaron la detención y provocaron la golpiza a Espinoza Moreira.

De acuerdo con la denuncia, Espinoza fue detenido con uso excesivo de fuerza y violencia, en claro abuso de autoridad y agresión física por las autoridades del Ministerio de Seguridad Públicas, como oficiales de la Sección UIP y GAO, entre otros funcionarios policiales que participaron en ese operativo, siendo trasladado a las Oficinas de la Delegación de Policía. 

Agrega que el amparado sufrió fuertes golpes, los cuales fueron propinados por entre 10 a 15 efectivos de policía, y acota que éste, a raíz de los fuertes golpes recibidos, fue trasladado al Hospital San Juan de Dios, para que después del respectivo parte médico fuese trasladado a la Delegación Policial de Barrio México.

Soto Aguilar considera que con su actuación las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública violentan los derechos de libre tránsito, integridad personal, reunión y asociación en perjuicio de su representado.

La Sala resaltó que el Ministerio de Seguridad Pública no respondió los requerimientos del Alto Tribunal para que diera la versión de los hechos y aportara pruebas en defensa de los oficiales.

El magistrado Paul Rueda Leal indicó que se estima como debidamente demostrado que el amparado fue valorado a las 8:00 horas del 12 de octubre de 2012 en la Sección Médico Forense del Organismo de investigación Judicial, “donde  los médicos concluyeron que el amparado tenía las siguientes lesiones: en el abdomen presentaba equimosis violácea, no dolorosa al tacto, de bordes regulares en flanco izquierdo de 4.5 x 2.0 cm. En el dorso, excoriaciones con costra hemática seca distribuidas de la siguiente manera: cara posterior de hemitoraz izquierdo de 19.0 x 11.0 cm, línea media a nivel de cuarta costilla de 2.0 x 3 cm. En los miembros superiores, excoriaciones con costra hemática seca distribuida de l a siguiente manera: cara posterior lateral de tercio medio de brazo izquierdo de 5.0 x 0.2 cm, codo izquierdo de 3.0 x 1.5 cm, cara poteromedial de tercio proximal de brazo derecho de 5.0 x 3.0 cm. En relación con los miembros inferiores, excoriaciones con costara hemática seca distribuida de la siguiente manera: rodilla derecha de 3.5 x 1.5. cm , rodilla izquierda 1.5 x 1.5 cm. Se le otorgó incapacidad temporal por 3 días a partir de la fecha de los hechos denunciados. Las lesiones descritas usualmente sanan sin dejar secuelas”.

La Sala estimó que “lo procedente es acoger el recurso, pues se tiene por acreditado que sí hubo quebrantamiento a la integridad física del amparado con los hechos que sirven de base a este hábeas corpus, y específicamente estima que la actuación de la policía fue desproporcionada respecto de la actuación del amparado”. 

Además, razonó que “Si bien es cierto, este Tribunal no desconoce las atribuciones que constitucionalmente le han sido asignadas al Poder Ejecutivo, lo cierto es que abusos como el que se tienen por acreditados en el caso concreto, no pueden ser permitidos, ni aceptados”.

Sala ordena a Ministro de Seguridad abrir proceso administrativo por detención de estudiante


El ministro de Seguridad Pública Mario Zamora, deberá abrir un proceso administrativo disciplinario contra los oficiales que ejecutaron la detención del estudiante universitario, Jean Carlo Espinoza Morera, según lo determinó la Sala Constitucional mediante el expediente número 015924-2012.
“Se declara con lugar el recurso por uso irracional y desproporcionado de la fuerza policial. Se ordena Mario Zamora Cordero, en su condición de Ministro de Seguridad Pública, o a quien ocupe dicho cargo, que en el plazo de 48 horas, contado a partir de la notificación de esta resolución, debe abrir un procedimiento administrativo disciplinario en contra de los oficiales que realizaron la detención del recurrente”, indicó la Sala en la resolución.
Además la Sala Constitucional condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios causados, los cuales serán liquidados en ejecución de sentencia de lo Contencioso Administrativo.
El recurrente, Emilio Soto Aguilar acudió a la Sala Constitucional donde presentó un Recurso de Habeas Corpus, ante la detención del estudiante Jean Carlo Espinoza, durante los disturbios del movimiento fotocopiando, en la afueras de la Asamblea Legislativa.
“Producto de esa detención, los policías que estaban desplegando el protocolo, agredieron al estudiante, él sufrió contusiones, le quedaron hematomas y eso a partir de un traslado que hace la Sala a la Medicatura Forense, se tiene como prueba que hubo agresión por parte de los oficiales”, explicó el recurrente.
Crhoy. com intentó conocer la opinión del Ministro de Seguridad Mario Zamora, sin embargo, su celular se encontraba apagado.
La notificación de la resolución fue conocida hoy por los actores.