jueves, 22 de noviembre de 2012

MORDAZA PRESIDENTA

CRHOY - Ministro de Planificación habla sobre pobreza y desigualdad

Sala IV declara con lugar recurso contra Seguridad por uso irracional de la fuerza

La Sala Constitucional declaró con lugar un Se declara con lugar el recurso de Hábeas Corpus “por uso irracional y desproporcionado de la fuerza policial”, en contra del ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica.

El recurso fue interpuesto por Manuel Emilio Soto Aguilar, en favor de Jean Carlo Espinoza Moreira, golpeado y detenido por oficiales de la Fuerza Pública el 9 de octubre anterior.

Ese día se realizó una manifestación frente a la Asamblea Legislativa, con motivo de la marcha “Fotocopiando para estudiar”.

En la Resolución Nº 2012015924, la Sala ordena a Mario Zamora Cordero, en su condición de Ministro de Seguridad Pública, o a quien ocupe dicho cargo, que en el plazo de 48 horas, contado a partir de la notificación del voto, debe abrir un procedimiento administrativo disciplinario en contra de los oficiales que realizaron la detención y provocaron la golpiza a Espinoza Moreira.

De acuerdo con la denuncia, Espinoza fue detenido con uso excesivo de fuerza y violencia, en claro abuso de autoridad y agresión física por las autoridades del Ministerio de Seguridad Públicas, como oficiales de la Sección UIP y GAO, entre otros funcionarios policiales que participaron en ese operativo, siendo trasladado a las Oficinas de la Delegación de Policía. 

Agrega que el amparado sufrió fuertes golpes, los cuales fueron propinados por entre 10 a 15 efectivos de policía, y acota que éste, a raíz de los fuertes golpes recibidos, fue trasladado al Hospital San Juan de Dios, para que después del respectivo parte médico fuese trasladado a la Delegación Policial de Barrio México.

Soto Aguilar considera que con su actuación las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública violentan los derechos de libre tránsito, integridad personal, reunión y asociación en perjuicio de su representado.

La Sala resaltó que el Ministerio de Seguridad Pública no respondió los requerimientos del Alto Tribunal para que diera la versión de los hechos y aportara pruebas en defensa de los oficiales.

El magistrado Paul Rueda Leal indicó que se estima como debidamente demostrado que el amparado fue valorado a las 8:00 horas del 12 de octubre de 2012 en la Sección Médico Forense del Organismo de investigación Judicial, “donde  los médicos concluyeron que el amparado tenía las siguientes lesiones: en el abdomen presentaba equimosis violácea, no dolorosa al tacto, de bordes regulares en flanco izquierdo de 4.5 x 2.0 cm. En el dorso, excoriaciones con costra hemática seca distribuidas de la siguiente manera: cara posterior de hemitoraz izquierdo de 19.0 x 11.0 cm, línea media a nivel de cuarta costilla de 2.0 x 3 cm. En los miembros superiores, excoriaciones con costra hemática seca distribuida de l a siguiente manera: cara posterior lateral de tercio medio de brazo izquierdo de 5.0 x 0.2 cm, codo izquierdo de 3.0 x 1.5 cm, cara poteromedial de tercio proximal de brazo derecho de 5.0 x 3.0 cm. En relación con los miembros inferiores, excoriaciones con costara hemática seca distribuida de la siguiente manera: rodilla derecha de 3.5 x 1.5. cm , rodilla izquierda 1.5 x 1.5 cm. Se le otorgó incapacidad temporal por 3 días a partir de la fecha de los hechos denunciados. Las lesiones descritas usualmente sanan sin dejar secuelas”.

La Sala estimó que “lo procedente es acoger el recurso, pues se tiene por acreditado que sí hubo quebrantamiento a la integridad física del amparado con los hechos que sirven de base a este hábeas corpus, y específicamente estima que la actuación de la policía fue desproporcionada respecto de la actuación del amparado”. 

Además, razonó que “Si bien es cierto, este Tribunal no desconoce las atribuciones que constitucionalmente le han sido asignadas al Poder Ejecutivo, lo cierto es que abusos como el que se tienen por acreditados en el caso concreto, no pueden ser permitidos, ni aceptados”.

Sala ordena a Ministro de Seguridad abrir proceso administrativo por detención de estudiante


El ministro de Seguridad Pública Mario Zamora, deberá abrir un proceso administrativo disciplinario contra los oficiales que ejecutaron la detención del estudiante universitario, Jean Carlo Espinoza Morera, según lo determinó la Sala Constitucional mediante el expediente número 015924-2012.
“Se declara con lugar el recurso por uso irracional y desproporcionado de la fuerza policial. Se ordena Mario Zamora Cordero, en su condición de Ministro de Seguridad Pública, o a quien ocupe dicho cargo, que en el plazo de 48 horas, contado a partir de la notificación de esta resolución, debe abrir un procedimiento administrativo disciplinario en contra de los oficiales que realizaron la detención del recurrente”, indicó la Sala en la resolución.
Además la Sala Constitucional condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios causados, los cuales serán liquidados en ejecución de sentencia de lo Contencioso Administrativo.
El recurrente, Emilio Soto Aguilar acudió a la Sala Constitucional donde presentó un Recurso de Habeas Corpus, ante la detención del estudiante Jean Carlo Espinoza, durante los disturbios del movimiento fotocopiando, en la afueras de la Asamblea Legislativa.
“Producto de esa detención, los policías que estaban desplegando el protocolo, agredieron al estudiante, él sufrió contusiones, le quedaron hematomas y eso a partir de un traslado que hace la Sala a la Medicatura Forense, se tiene como prueba que hubo agresión por parte de los oficiales”, explicó el recurrente.
Crhoy. com intentó conocer la opinión del Ministro de Seguridad Mario Zamora, sin embargo, su celular se encontraba apagado.
La notificación de la resolución fue conocida hoy por los actores.

La Sala Constitucional resolvió un recurso de hábeas corpus a favor de Jean Carlos Espinoza Morera y en contra del Estado en el que se ordena al ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, a abrir "un procedimiento administrativo disciplinario" a oficiales de Fuerza Pública por el "uso irracional y desproporcionado" durante la detención del manifestante frente a la Asamblea Legislativa.


Sentencian a ministro Zamora y al Estado por detención indebida de manifestante


Sala-IV-sentencia-a-ministrElvis Martínez. La Sala Constitucional resolvió un recurso de hábeas corpus a favor de Jean Carlos Espinoza Morera y en contra del Estado en el que se ordena al ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, a abrir "un procedimiento administrativo disciplinario" a oficiales de Fuerza Pública por el "uso irracional y desproporcionado" durante la detención del manifestante frente a la Asamblea Legislativa.
El recurso fue interpuesto por Manuel Emilio Soto Aguilar contra el Ministerio de Seguridad el pasado 9 de octubre, día en que también sucedieron los hechos.
 "Se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta resolución a Mario Zamora Cordero, en su condición de Ministro de Seguridad Pública, o a quien en su lugar ejerza tal cargo, en forma personal", señala la sentencia de la Sala Constitucional. 
El 9 de octubre Jean Carlos Espinoza se manifestaba en las inmediaciones de la Asamblea Legislativa en la marcha de "Fotocopiando para estudiar", en la que se solicitaba a las y los diputados el resello para la aprobación del proyecto de ley, vetado por la Presidenta Laura Chinchilla.
Manuel Emilio Soto alegó que Espinoza fue detenido con uso excesivo de fuerza y violencia "en un claro abuso de autoridad y agresión física" por parte de oficiales de la Fuerza Pública de la Sección UIP y GAO. Agregó que antes de ser llevado a la Delegación Policial de Barrio México, Espinoza sufrió fuertes golpes propinados por entre 10 y 15 policías, por lo que tuvo que ser trasladado al Hospital San Juan de Dios.
En la sentencia la Sala IV señala que el Ministro de Seguridad no reportó ningún informe detallado sobre este acontecimiento. En cambio el dictamen médico legal DML (No. 2012-13541) especifica varias lesiones del manifestante.

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