domingo, 1 de junio de 2014

DANIEL MUÑOZ COREA HA RECIBIDO MAS DE 28 MILLONES DE COLONES POR INCAPACIDADES CON LA CCSS


Señor
Daniel Múñoz Corea
PRESENTE
Recibí su atenta respuesta, sobre el pago de incapacidades que la madre CCSS ha girado a su nombre por más de 28 millones de colones; sin embargo en su respuesta  evade responder las preguntas que le formulé, con el objeto de que por transparencia  aclare a la opinión pública si usted eventualmente ha hecho uso indebido de la incapacidad.
Le recuerdo las preguntas que hice en  mi primer correo:
Ø ¿Durante más de un año en que la CCSS le ha pagado más de 28 millones de colones por su incapacidad; usted ha participado, dado declaraciones o trabajado artículos varios sobre temas de la CCSS?
Ø ¿Ha  visitado medios de comunicación escrita, televisiva, radial con sus declaraciones mientras se encuentra incapacitado  y la CCSS le mantiene sus ingresos?
Ø ¿Durante todo este período de incapacidad en que ha recibido 28 millones de colones; se ha reunido usted con diputados, políticos y sectores sociales?
Ø ¿Podría indicarme en que servicios de la CCSS lo han incapacitado durante tanto tiempo?
Ø ¿Cree que sus actividades durante todo este período de incapacidad están en concordancia con el Reglamento de Incapacidades de la CCSS? ¿Conoce a fondo el Reglamento de Incapacidades de la CCSS?
Ø ¿Sabe que las personas que hacen una  mala utilización de las incapacidades incurren en daño patrimonial a la institución y por tanto la CCSS  puede solicitar el reintegro de los dineros?
                                      
Indica usted que no recuerda cuanto le ha pagado la CCSS por concepto de incapacidades; según datos que constan en mi poder el pago ha sido el siguiente:

MONTOS CANCELADOS POR LA CCSS AL SEÑOR DANIEL MUÑOZ COREA POR INCAPACIDADES
DESDE
HASTA
MONTO
PAGADO
DIAS
PAGADOS

DESDE
HASTA
MONTO PAGADO
DIAS
PAGADOS
10/10/2012
23/10/2012
   550.972
05

11/09/2013
09/10/2013
1.959.432
29
07/01/2013
24/01/2013
1.202.411
18

10/10/2013
08/11/2013
2.052.257
30
25/01/2013
15/02/2013
1.469.614
22

18/11/2013
16/12/2013
1.984.995
29
18/02/2013
19/02/2013
   133.601
02

17/12/2013
13/01/2014
2.567.975
27
20/02/2013
20/03/2013
1.937.218
29

14/01/2014
11/02/2014
1.984.995
29
22/03/2013
03/04/2013
  868.408
13

12/02/2014
12/03/2014
1.114.388
29
04/04/2013
08/04/2013
  336.333
05

13/03/2014
09/04/2014
1.075.961
28
09/04/2013
15/04/2013
  470.866
07





16/04/2013
03/05/2013
1.210.798
18

TOTAL
PAGADO
28.802.961,00
*
06/05/2013
08/05/2013
   201.800
03





09/05/2013
09/05/2013
     67.266
01





10/05/2013
17/05/2013
   538.132
08





31/05/2013
31/05/2013
     67.266
01





04/06/2013
10/06/2013
   471.021
07





11/06/2013
10/07/2013
2.018.238
30





11/07/2013
09/08/2013
2.018.663
30





12/08/2013
10/09/2013
2.027.029
30





·       No se agregan incapacidades no hechas efectivas.

Como puede observar la Institución le ha cancelado más de 28 millones de colones, es decir la CCSS le ha pagado por incapacidad  lo equivalente a más de 100 salarios base; por eso le reitero la pregunta:
¿Ha visitado medios de comunicación escrita, televisiva, radial dando declaraciones mientras se encuentra incapacitado y la CCSS le mantiene sus ingresos? Durante todo este período de incapacidad en que ha recibido más de 28 millones de colones se ha reunido con políticos, diputados y sectores sociales?
¿Podría indicarme en que servicios médicos de la CCSS lo han incapacitado durante tanto tiempo?
¿Cree  ético utilizar una incapacidad por la que le han pagado más de 100 salarios base para  dedicarse a actividades distintas al objeto de la incapacidad como lo es la recuperación de la salud?
¿Si se comprueba lo anterior estaría usted dispuesto a devolver esos dineros a la CCSS?

Mucho agradeceré su respuesta.

VECINOS DE BARVA DE HEREDIA SE MOVILIZAN NUEVAMENTE PARA PEDIR LA REVISION DE ACUERDOS DEL CONCEJO MUNICIPAL SOBRE EL ACUEDUCTO MUNICIPAL DE BARVA · FORO COMUNAL BARVEÑO POR EL AGUA programa nueva movilización frente al Edificio Municipal para este lunes 2 de junio

COMUNICADO DE PRENSA


VECINOS DE BARVA DE HEREDIA SE MOVILIZAN NUEVAMENTE PARA PEDIR LA REVISION DE ACUERDOS  DEL CONCEJO MUNICIPAL SOBRE EL ACUEDUCTO MUNICIPAL DE BARVA

·         FORO COMUNAL BARVEÑO POR EL AGUA  programa nueva  movilización frente al Edificio Municipal para este lunes 2 de junio

Costa Rica 2 de junio del 2014. A pesar de que el Concejo Municipal de Barva de Heredia, mediante el Acuerdo 566-2014 del lunes 26 de mayo del año en curso, acordó la creación de  LA JUNTA INTERVENTORA DEL ACUEDUCTO MUNICIPAL  solicitada por la comunidad como instancia que revise, estudie y oriente las acciones del acueducto municipal durante los próximos seis meses,  las organizaciones integrantes del FORO COMUNAL BARVEÑO POR EL AGUA cuestionan el hecho de que el Concejo Municipal haya  seguido tomando acuerdos sobre el acueducto, los cuales no solo son rechazados por los vecinos de cantón, sino que además crecen de toda fundamentación técnica.

Frente  a la  problemática creciente  provocada por los sistemáticos y prolongados períodos de suspensión del servicio del agua potable desde tempranas horas de la mañana hasta bien entrada la tarde, en perjuicio de las poblaciones de los  distritos de Barva centro, San Pablo y San Roque y la falta de respuestas prontas y apropiadas de parte de la corporación Municipal, los vecinos exigen la inmediata juramentación de la JUNTA INTERVENTORA y dejar sin efectos todos los acuerdos adoptados por el concejo Municipal durante el último mes de mayo del año en curso.

Las organizaciones y líderes que integran el  Foro cantonal insisten en que no es cierto que el  problema del acueducto municipal es la falta de disponibilidad del agua ni que las demandas sean hechas por una peueño grupo de metiroo, como ha dicho la señlora Mercede Mendez, Alcaldesa Municipal.

Rafael López Alfaro, presidente de la Asociación de desarrollo Integral de Barva y miembo del Foro Cantonal barveño por el agua, destacó que  la crisis que atraviesan las casí 5.000 familias de los de San Pablo, San Roque y Barva centro no se debe a la falta de disponibilidad de agua, si bien reconocen que las nacientes han mermado su caudal; el problema radica en la mala gestión del acueducto y la falta de capacidad de almacenamiento del preciado líquido y el abandono de la infraestructura del acueducto, que ha provocado que el acueducto colapsara.

Rafael López argumento que esto se pone manifiesto de manera clara al ver que esta crisis no la sufren los otros acueductos del cantón de Barva, como sucede con la ASADA de San Pedro ni las ASDAS de Sacramento y San José de la Montaña,  los cuales se abastecen del preciado líquido de la misma región y los mismos manantiales y acuíferos; la diferencia la marca el hecho de que en estso casos ha habido una administración responsable, previsora y diligente del acueducto, mientras que en Barva la Municipalidad no ha tomado las medidas necesarias ni ha atendido con humildad las recomendaciones y llamadas de atención que se le han formulado desde hace más de una década.

El dirigente recordó que según datos oficiales de la Dirección de Aguas del MINAE de las 30 concesiones de agua del  acueducto municipal 16 CONCESIONES se encuentran CANCELADAS y 1 más sobre el Río Mancarrón se archivo “sin mas trámite” para el día 20 de mayo del año 2014; el  mismo sentido puntualizo que los distritos de San Roque y San Pablo no cuentan ni siquiera con un tanque de almacenamiento que permite atender emergencias y problemas como el que sufren estas comunidades.

Lopez recalcó que el Foro cantonal barveño es un espacio comunitario liderado por las asociaciones de desarrollo integral de los distritos afectados el cual integra además a organizaciones comunales,  maestros, jóvenes organizados, artistas, músicos, organizaciones ambientalistas y vecinos en general abierto a todos los vecinos afectados, el cual se  ha venido reuniéndose de manera semanal en la Casa Comunal Nicolás Aguilar Murillo todos las martes y las decisiones se han tomado democráticamente.

 El Foro cantonal está convocando a los vecinos a que se movilicen a las 5 de la tarde frente al Edificio Municipal para pedir de manera respetuosa y pacifica que el Concejo municipal atienda las demandas del pueblo organizado que ha propuesto la creación de la JUNTA INTERVENTORA DEL ACUEDUCTO MUNICIPAL por un período de seis meses;  sabemos que privara el sentido común y la razón y que el gobierno local accederá  a las demandas de los vecinos organizados en el Foro cantonal, indicó Rafael Lopez Alfaro.


Para mayor información comunicarse con el Dr. Miguel Angel Rodríguez Ruiz al teléfono 88135559; Lic Rafael López Alfaro al teléfono 83683214 y Lic Fredy Vargas Chavarría al teléfono 83022347.

NUEVO DOCUMENTO PRODUCTO DE LA MEDIACIÓN DEL SEÑOR ARZOBISPO DE SAN JOSÉ, MONS. JOSÉ RAFAEL QUIRÓS QUIRÓS PARA LA RESTITUCION DEL SALARIO COMPLETO Y OPORTUNO A FAVOR DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, CON LOS APORTES DE LAS BASES DEL BLOQUE SINDICAL Y EL APORTE DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA.



DOCUMENTO PRODUCTO DE LA MEDIACIÓN DEL SEÑOR ARZOBISPO DE SAN JOSÉ, MONS. JOSÉ RAFAEL QUIRÓS QUIRÓS  PARA LA RESTITUCION DEL SALARIO COMPLETO Y OPORTUNO A FAVOR DE LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, CON LOS APORTES DE LAS BASES DEL BLOQUE SINDICAL Y EL APORTE DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA.

EL MEP Y LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EDUCACIÓN ABAJO FIRMANTES, EN ARAS DE RESPETAR Y VELAR POR EL DERECHO AL SALARIO COMPLETO Y OPORTUNO DE TODAS LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL MEP, ACORDAMOS:

I. Obligaciones  a cargo del gobierno de la república:
a. Pago completo de los salarios y demás componentes salariales adeudados a todas las personas trabajadoras del MEP tales como recargos administrativos, aumentos de lecciones, ampliación de jornada laboral y otros, de los meses de febrero, marzo, abril y mayo del 2014.


b- Establecer procedimiento excepcional para el pago de salarios y componentes salariales adeudados.
Para el pago de las sumas indicadas, el Gobierno de la república habilita un procedimiento excepcional de pago, mediante el cual las personas afectadas solicitarán en las oficinas regionales del MEP el pago, aplicando la retención para el pago de las deducciones de ley, de acuerdo con las siguientes disposiciones.
b-1- Las personas trabajadoras del MEP se presentarán en cualesquiera de las 27 Direcciones Regionales en todo el país, para presentar el reclamo del pago directo completo aplicando la retención para el pago de las deducciones de ley de las sumas adeudadas por salarios y sus distintos componentes, el cual se deberá tramitar de manera prioritaria y expedita GARANTIZANDO EL PAGO COMPLETO A TODAS LAS PERSONAS TRABAJADORAS QUE LO SOLICITEN POR ESTE MECANISMO.   
b.2. El MEP garantiza este medio de pago, con la sola presentación de una copia de la cédula de identidad o documento de identificación, el número de su cuenta cliente, activa y en colones (que no se requiera certificación o constancia a efecto de evitar cobros bancarios); así como el nombre de la entidad bancaria donde recibe su salario.
b.3. Las Direcciones Regionales enviaran de forma inmediata (el mismo día de su recepción) a la Dirección de Recursos Humanos, sin trámite previo, cada solicitud excepcional de pago . Lo anterior bajo la responsabilidad disciplinaria, de quienes incumplan de forma injustificada.  
b.4. La Dirección de Recursos Humanos tendrá un plazo perentorio o máximo de 48 horas, a partir de la recepción de cada solicitud, para su revisión, verificación y traslado a la Tesorería Nacional.
b.5 La Tesorería Nacional, en un plazo perentorio o máximo de 24 horas realizará el depósito cada una de las personas trabajadoras de la Educación, que así lo hayan solicitado.
b.6 La persona interesada no requiere presentar declaración jurada alguna para estos efectos.
b.7 Este mecanismo excepcional de pago no podrá exceder del plazo total de 72 horas, en cada caso.
b.8 Para los casos de las personas trabajadoras del MEP, a quienes se les adeude el salario completo o cualquier otro componente (aumento de lecciones, ampliación de jornada, recargos administrativos y otros) a los cuales no se les pueda aplicar el mecanismo anterior, en razón de que falte información en la Dirección de Recursos Humanos, esta convocará en un plazo no mayor a 24 horas al Director de la institución educativa o a quien lo sustituya, a fin de que aporte el cuadro de personal y demás documentación idónea que permita comprobar las sumas adeudadas. La persona afectada tendrá también la opción de solicitar a la jefatura inmediata o a quien corresponda una constancia, con una copia del cuadro de personal, para presentarlo a la Dirección de Recursos Humanos.






II- Compromisos de las partes suscribientes de este convenio
  1. Constituir una COMISIÓN DE ALTO NIVEL conformada entre las organizaciones magisteriales y el Gobierno de la república (Ministra o Viceministra administrativa del Ministerio de Educación Pública, Director de Recursos Humanos del MEP, un representante del Ministerio de Hacienda vinculado con el sistema informático  de pago INTEGRA2 y otro representante designado de la parte gubernamental y cinco representantes de las organizaciones suscribientes, para el seguimiento y correcta solución de las propuestas planteadas en este convenio. Además se incorporará en condición de garante, una persona delegada por el Arzobispo de San José.

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL contará con el apoyo de la Comisión Técnica  Verificadora, conformada por acuerdo de partes del 21 de mayo del 2014, con representantes de ambas partes.

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL estará constituida a más tardar dos días hábiles después de la entrada en vigencia de este acuerdo y continuará en funcionamiento hasta finales del mes de abril del 2015, con el fin de velar por el correcto pago completo y oportuno de los salarios en los meses siguientes, incluyendo Incentivo de Zona de Menor Desarrollo, Aguinaldo y Salario Escolar correspondientes al presente curso lectivo, así como verificar los avances en el proceso de mejora en el sistema de pagos del MEP,  teniendo como insumo los informes de la Comisión Técnica Verificadora. Deberá rendir un primer informe al 30 de julio del 2014.

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL gestionará que todas las personas trabajadoras del MEP, reciban su acción de personal (P21), desgloses de salarios, históricos de pagos y cualquier otra información oportuna respecto de sus salarios;  solución que tiene que estar habilitada y actualizada a más tardar el 30 de junio próximo.  

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL analizará de forma particular la problemática de las personas incapacitadas, en relación con los cambios en la aplicación de los rebajos de los subsidios, como consecuencia de la implementación de INTEGRA 2, con el fin de encontrar soluciones, tales como adecuaciones de deudas con el MEP en condiciones razonables, en respeto de sus derechos fundamentales.

  1. La COMISION DE ALTO NIVEL analizará y verificará la situación de la pronta resolución de los reclamos de los pagos de salarios y otros componentes correspondientes a periodos fiscales vencidos, mediante un cronograma que dependa de la presentación de cada gestión, dando prioridad a los casos más atrasados.

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL pondrá en ejecución un sistema que permita atender en forma efectiva y ágil, las gestiones y reclamos que se tramiten a través de las Organizaciones Magisteriales y de conformidad con el acuerdo tomado por la Comisión de verificación el pasado 23 de mayo (III Minuta), verificará que la Dirección de Recursos Humanos presente una propuesta de mejora en un plazo máximo de un mes, después de la firma del presente acuerdo.   

  1. La COMISIÓN DE ALTO NIVEL analizará y propondrá otras acciones compensatorias, ante las instancias que correspondan, para ayudar  en casos especiales  de afectación directa o indirecta por el problema en el pago correcto de los salarios, a personas trabajadoras del MEP. Estas acciones deberán definirse a más tardar en un plazo de tres meses a partir de la firma de este acuerdo, incluyendo el procedimiento para el reclamo individual de las personas afectadas. Además implementará un Plan de Mejoramiento para la mejor liquidez de las personas trabajadoras del MEP.  

  1. La COMISIÓN BIPARTITA verificará el pago correcto de las cuotas obrero patronales y de los regímenes de Pensiones del Magisterio y de la Caja Costarricense del Seguro Social, de las personas afectadas por el pago incompleto de los salarios.


  1. Un mes después a partir de la firma del presente acuerdo, las partes suscribientes se comprometen a abrir una mesa de negociación y diálogo tendiente al estudio y análisis de temas de interés común  de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, que quedaron pendientes de resolución por parte de la administración anterior, así como otros de interés actual.



III. GARANTIAS DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA:
a. El GOBIERNO DE LA REPÚBLICA garantiza el pago correcto y oportuno de los siguientes rubros: INCENTIVO DE ZONA DE MENOR DESARROLLO de conformidad con la normativa vigente, AGUINALDO y SALARIO ESCOLAR correspondiente al año escolar 2014, los cuales no sufrirán ninguna afectación por los problemas de pago que dieron origen al conflicto.

b. El GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, realizara una investigación sobre el funcionamiento del sistema de pago INTEGRA 2, así como los pagos efectuados de más a través del sistema de pagos anterior (SIGRH), y entregara un informe a más tardar el 30 de OCTUBRE del 2014, con el fin de que se sienten las responsabilidades políticas y/o jurídicas que en derecho correspondan y de encontrarse eventuales responsabilidades de tipo penal remitir la denuncia correspondiente al Ministerio Público.  Dicho informe deberá ser conocido de forma prioritaria por la COMISIÓN DE ALTO NIVEL para que el Magisterio Nacional conozca las causas y presuntos responsables de los problemas que generaron este conflicto y las soluciones aplicadas. Adicionalmente, el Gobierno gestionara la realización de una Auditoria Externa, cuyo resultado será presentado a la Comisión de Alto Nivel.

d. El GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, a través del Ministerio de Educación Pública, presentará ante  las autoridades correspondientes, la modificación presupuestaria, en un lapso no mayor de 2 meses a partir de la firma de este acuerdo, para el pago de intereses legales por mora acumulados en virtud del retraso en el pago salarial. El MEP pagará los intereses acumulados en un plazo no mayor de 4 meses, después de aprobada la modificación presupuestaria antes indicada, con la previa presentación del reclamo respectivo.

e. EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA garantiza el envío de la información completa y actualizada, del salario de las personas trabajadoras del MEP, incluyendo las deducciones aplicadas en cada pago, lo cual deberá cumplirse el mismo día en que se efectúe el pago correspondiente.


f. El GOBIERNO DE LA REPÚBLICA promoverá la readecuación de deudas en las bancas estatal y privada, así como la no afectación de los récords crediticios y que no se ejecuten cobros judiciales en contra de las personas afectadas por retrasos en el pago de salarios en el MEP.



IV.GARANTÍAS FINALES:
Se otorgan las siguientes garantías inmediatas, a favor de todas las personas trabajadoras a cargo del MEP y estudiantes:
  1. El MEP se compromete a no ejecutar sanciones de ninguna índole, ya sean disciplinarias, de rebajos salariales u otras, en razón de la participación en este conflicto originado por el incumplimiento en el pago completo y oportuno de los salarios.

  1. El MEP se compromete a que los y las estudiantes no sufran sanciones o consecuencias de ninguna índole, en relación con el conflicto.  

  1. El MEP otorga permiso especial con goce de salario, a las personas trabajadoras del MEP que así lo necesiten y que hayan sido afectadas por los problemas en el pago correcto de sus salarios del presente curso lectivo, para que se apersonen a las oficinas del MEP a presentar sus reclamos. Los superiores jerárquicos velaran por la oportuna utilización de los permisos de sus subalternos (as), evitando una denegatoria injustificada del mismo y garantizando que no se interrumpa la continuidad del servicio educativo.

  1. El MEP no modificará los periodos de vacaciones establecidos por Ley y regulados en el Calendario Escolar 2014.

  1. El MEP y las Organizaciones Magisteriales velarán por la recuperación pedagógica de las lecciones no impartidas, por parte de las y los docentes, durante la vigencia del conflicto, con el fin de no perjudicar el Derecho a la Educación de los niños, niñas y adolescentes, como una manifestación de la vocación de servicio de las educadoras y los educadores de nuestro país. Para efecto de lo anterior se emitirá el correspondiente protocolo, por parte del Viceministerio Administrativo, en consulta con representantes de las Organizaciones de Trabajadores (as) del MEP, incluyendo las adaptaciones al Calendario Escolar que contemple las Pruebas Nacionales y demás aspectos necesarios.  

CONFORMES CON ESTE CONVENIO, LAS ORGANIZACIONES SUSCRIBIENTES SE COMPROMETEN A NORMALIZAR EL CURSO LECTIVO A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A SU FIRMA PREVIA CONSULTA Y APROBACION DE SUS BASES.

Por las Organizaciones de los Trabajadores y Trabajadoras de la Educación:
Testigos de honor:
Mons. José Rafael Quirós