jueves, 8 de octubre de 2015

SALA IV VUELVE A FRENAR FECUNDACION IN VITRO - OTRO FRACASO DE LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA PRESIDENTE DE COSTA RICA

La Sala Constitucional volvió a frenar la Fecundación In Vitro (FIV) este miércoles, luego de que diera curso a la acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de ciudadanos,contra el decreto emitido en setiembre anterior por el Poder Ejecutivo.

Los magistrados señalan que el artículo 82 por tratarse de una norma de trámite que autoriza la realización de la técnica, que, de aplicarse tendría efectos irreversibles y afectarían los bienes constitucionales aludidos por los accionantes, implica que la FIV no podrá efectuarse en tanto no se resuelva la acción. 

La acción fue interpuesta por los diputados Mario Redondo, Gonzalo Ramírez, Fabricio Alvarado, Luis Vásquez y la abogada Alexandra Loría. 

Los accionantes consideran que el decreto impugnado es inconstitucional porque viola el principio de reserva de ley, pues vía decreto regula derechos fundamentales, como la libertad personal, la dignidad de la persona, el derecho a la vida, a la integridad física, el derecho al honor, a la intimidad personal y el derecho a la salud.
Asimismo, consideran que violenta la libertad de poderes y lesiona la autonomía de Seguro Social. 

Esta es la segunda vez que la Sala frena la realización de la técnica, pues en el año 2000 prohibió la FIV en el país. 

Lo anterior llevó a que tras varios recursos ante dicho ente, un grupo de costarricenses recurriera a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), donde en el año 2012 se falló a favor de las parejas afectadas y ordenó al Estado volver a implementar la técnica. 

No obstante, dos años y medio después, ante el desacato a ese fallo, el Ejecutivo emitió el decreto horas antes de volverse a sentar en el banquillo ante la CorteIDH, como parte de un proceso para verificar el cumplimiento de la sentencia. 

Boris Molina, abogado demandante, manifestó con anterioridad que la Sala es el primer enemigo de la FIV y que si esta institución emitía un fallo antes de dos meses (es decir, antes de noviembre), reflejaba que la Sala no quiere la implementación de la técnica, pues primero debía esperar el segundo fallo de la CorteIDH y las acciones de inconstitucionalidad duran más de dos meses en resolverse.

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