viernes, 11 de septiembre de 2015

LISTA DE LOTERIA NACIONAL DE COSTA RICA, DE LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE SORTEO NUMERO 4356 DEL DOMINGO 13 DE SETIEMBRE DEL 2015 - PREMIO MAYOR SERIE 923 NUMERO 58



LISTA DE LOTERIA NACIONAL DE LA JUNTA DE PROTECCION SOCIAL  DE SAN JOSE  SORTEO NUMERO 4356 DEL DOMINGO 13 DE SETIEMBRE DEL 2015 

VEA LISTA DE LOTERIA AQUI 

PREMIO MAYOR SERIE 923 NUMERO 58

http://www.jps.go.cr/Listas/4356.pdf




Resultados Loteria Nacional Domingo 13/9/2015

-Premio Mayor: 58 - Serie: 923



-Segundo Premio: 52 - Serie: 342


-Tercer Premio: 85 - Serie: 627







Informe jurídico de Costa Rica dice que actividad de UBER es ilegal

El transporte privado remunerado de personas que se brinda por medio de la empresa UBER, que opera en Costa Rica desde hace dos semanas, es ilegal, según la Dirección Jurídica del Consejo de Transporte Público (CTP).
El CTP, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, señala que “el servicio de transporte que ofrece UBER, a través de una aplicación app, mediante el móvil, es un servicio de transporte remunerado de personas ilegal, dado que no cuenta con las autorizaciones correspondientes”.
El director ejecutivo del CTP, Mario Zárate, indicó en un comunicado que este criterio jurídico viene a “reconfirmar lo que la administración ha venido sosteniendo desde un inicio en el sentido de que el titular único del servicio de transporte público remunerado de personas es el Estado costarricense”.
“En consecuencia -continúa- no es posible brindar servicio público de transporte remunerado de personas si no se cuenta con autorización del CTP”.
El informe reafirma lo estipulado en el artículo 2 de la Ley 7969 (Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi) de que “el transporte de personas en la modalidad de taxi se considera un servicio público que se explota mediante la figura de la concesión administrativa”.
El dictamen indica que “tanto UBER como cualquier otra empresa nacional o extranjera, requiere de la aprobación del Consejo de Transporte Público, para poner en marcha el servicio de transporte remunerado de personas que pretenden brindar mediante una aplicación app móvil”.
En relación a la posibilidad de que UBER pueda operar amparado al Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos, el criterio jurídico es claro al indicar que “Costa Rica se reservó todo lo vinculado al transporte de personas en sus diferentes modalidades”. EFE

El presidente de la República, Luis Guillermo Solís, reconoció que hubo un error en el nombramiento de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) en cuanto a la equidad de género como lo señaló la Sala Constitucional este jueves.



Por eso señaló que las disposiciones dictadas en la sentencia del tribunal constitucional “Se acatarán porque tienen que acatarse, como lo he reiterado en múltiples ocasiones, las resoluciones judiciales tienen que acatarse, no discutirse”.

Sin embargo, sí defendió a las personas que están ocupando los cargos que nombra el Consejo de Gobierno, ya que asegura que son idóneas y ante eso no se deben dar cuestionamientos, ya que se tuvo mucho cuidado en ese tema.

“Sobre las personas que ocupan cargos en esa Junta Directiva, creo que la discusión es sobre su género, no sobre su idoneidad, todas ellas fueron escogidas por la capacidad que tienen como profesionales, como figuras emblemáticas algunas de ellas”, dijo Solís.

El Mandatario enfatizó en que pese al error cometido en cuanto al género: “Aquí no se ha procedido ni con politiquería, ni con falta de criterio en la capacidad que tienen esos directivos de ejercer su trabajo, la discusión de la Sala es de orden procedimental y también de orden de género”.

La Sala IV declaró con lugar un recurso de amparo contra la conformación de la Junta Directiva del ICE porque no se cumple la paridad de género que establece la ley.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la conformación de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) por violentar el principio de equidad de género y concurso de antecedentes. Este jueves los magistrados resolvieron de manera definitiva el recurso de amparo presentado por Valeria Morales Rivera, tramitado para el expediente 15-007900-0007-CO. Morales reclamó que el Consejo de Gobierno de esta administración designó en el Consejo Directivo del ICE a seis personas (incluyendo al Presidente Ejecutivo), de las cuales solo una es mujer; así, sumando un hombre designado por el gobierno anterior, ahora dicho órgano está conformado por seis hombres y una mujer, lo que deviene discriminatorio.


Asimismo, argumentó que no se realizó ningún concurso de antecedentes, cuya divulgación hubiera permitido a más mujeres interesadas presentar sus atestados y así maximizar el respeto a la paridad de género.
El recurso de amparo fue estrategia del despacho del diputado Jorge Arguedas, del Frente Amplio.
El voto de mayoría suscrito por los magistrados Armijo Sancho, Cruz Castro, Hernández López, Salazar Alvarado y Salas Torres, ordena al Consejo de Gobierno, seleccionar mujeres para integrar la Junta Directiva del ICE, realizando el respectivo concurso de antecedentes. Dicho concurso deberá realizarse con la debida antelación, para que cuando venza un nombramiento ya su sustituta esté nombrada.
Los Magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal plantearon efectos distintos en el dimensionamiento de la sentencia. Para ellos, este caso presenta la particularidad de que en ninguna de las designaciones, el Consejo de Gobierno acató la obligación de realizar un concurso de antecedentes a pesar de un mandato legal expreso, lo que implica un vicio en el procedimiento para nombrar a los directores del Consejo Directivo del ICE.
Corte Suprema de Justicia_LMM_JUN2015 (4)Para estos magistrados, el Ministerio de la Presidencia debe de inmediato emitir órdenes para que el Consejo de Gobierno en un plazo de tres meses, proceda a realizar un concurso de antecedentes para sustituir al directivo cuyo nombramiento estuviera más próximo a vencer. Seguidamente, por cada año subsiguiente, se deberá remplazar a un directivo hombre.
“Salvo inopia debidamente demostrada, el Consejo de Gobierno deberá seleccionar prioritariamente mujeres hasta tanto no se cumpla con un mínimo de tres integrantes del género femenino en el Concejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad”, dice el voto de la Sala.
Asimismo, las personas seleccionadas desempeñarían los puestos por el resto del periodo que le faltase a quien vinieran a suplir y para efectos de evitar graves dislocaciones al orden social y económico, los directores actuales se mantendrán en sus cargos hasta tanto, no sean seleccionados sus sustitutos; sin afectar la validez de los acuerdos y actuaciones ya tomados por el Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad, ni de los que se vayan a tomar hasta la designación de los nuevos integrantes.
“A partir del fallo en contra del AyA por falta de equidad de género, nuestro despacho ideó la estrategia de hacer lo mismo con el ICE. Necesitabamos que una mujer valiente que interpusiera el recurso y Valeria jugó ese papel junto con asesoría de nuestro excelente abogado”, declaró el legislador freteamplista, quien reaccionó contento tras el fallo de los magistrados.
Valeria Morales es la Secretaria General del Frente Amplio por la provincia de San José y recibió ayuda también de el licenciado Alfonso Chacón Mata, asesor del despacho del legislador Arguedas.
“Ese fallo será fundamental para ganar el contencioso administrativo que tenemos contra el Consejo de Gobierno, por nombrar al Consejo Directivo sin el concurso de antecedentes que la ley manda”, concluyó el diputado.

Fecundacion in Vitro es ilegal según Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Presidenta Ejecutiva Maria del Rocío Sáenz hizo incurrir en errores al presidente Luis Guillermo Solis Rivera.

La  Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) le dijo al Poder Ejecutivo que el decreto que publicó el 3 de setiembre, sobre  Fertilización In Vitro (FIV) es ilegal y la técnica de reproducción humana sólo puede regularse vía ley. Así se desprende de un comunicado ofrecido por la entidad: “por tratarse de derechos fundamentales y humanos comprometidos, el tema es materia reservada a la ley y no vía decreto. A pesar que solicitamos hablar con la presidenta ejecutiva, María del Rocío Sáenz, no fue posible porque  su encargada de prensa nos dijo que se encontraba en la reunión de junta directiva y no podía salir para atender las consultas que surgen al raíz del comunicado. En la nota enviada al presidente Luis Guillermo Solís, la junta directiva le hace ver que no se oponen a la aplicación de la técnica FIV desde el punto de vista técnico-médico siempre y cuando esté regulada adecuadamente. Sáenz confirmó que la infertilidad que afecta a las parejas es un problema de salud pública y que la Caja lo ha abordado con diferentes opciones terapéuticas que se han puesto a disposición de la población. La posición de los miembros de junta directiva es que el contenido de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no cuestionó ni invalidó las resoluciones de la Sala Constitucional emitidas en el 2012 y que indicaban que la materia del FIV debe ser regulada por ley. Además, le indican al presidente que el decreto contiene conceptos técnicos que deben ser corregidos o ajustados para lograr precisión en el tema, que permita mayor seguridad en la ejecución de la técnica. Otro de los puntos que deja claro la Caja es que antes de ejecutar la técnica en las clínicas y hospitales públicos, el Estado debe proporcionar la plata que permitirán poner en ejecución el nuevo servicio.   SÓLO POR  LEY   El abogado Enrique Rojas subrayó que sólo los diputados mediante una ley puede regular la FIV porque desde el punto de vista jurídico constitucional, no es una materia que le corresponda al Poder Ejecutivo. Según  Rojas, existen dos formas en que el Estado puede regular la actividad humana; una es vía ley en la que el Poder Ejecutivo coadyuda enviando la iniciativa a la Asamblea Legislativa donde recibe el procedimiento legislativo y se convierte en ley. La otra forma tiene que ver con los actos de menor rango a la ley que son los decretos y que en su criterio fue una vía  equívoca, que el presidente Luis Guillermo tomó, para cumplir con la sentencia de la CIDH, porque temía   no contar  con el apoyo en la Asamblea Legislativa. “En mi criterio creo que es inconstitucional por una razón muy clara, porque tratándose de derechos humanos fundamentales tiene que ser la ley la que regule este tipo derecho, no puede ser vía decreto”, enfatizó el jurista con más de 35 años de experiencia en el tema constitucional. Para el jurista  el decreto es de menor rango y regula lo que  la ley  ya dictó, y en el caso del FIV, existe un principio que se denomina reserva de ley, que implica que sólo el legislador podría ejecutar la sentencia de la CIDH. Rojas detalló que el presidente Solís se la jugó con emitir el decreto y luego de que salga publicado podrá ser objeto de una acción de inconstitucionalidad. - Vea mas en: http://diarioextra.com/Noticia/detalle/269925/caja-asegura-que-decreto-de-fiv-no-es-legal#sthash.NEaMSp9y.dpuf

¡NO “ATORNILLEN” MÁS A LA CLASE TRABAJADORA ASALARIADA!

El director de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), Mariano Figueres y su pareja sentimental, la viceministra de Economía, Geannina Dinarte, atienden asuntos de trabajo en la cantina capitalina Buenos Aires, diagonal a la iglesia Santa Teresita, en San José.El director de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), Mariano Figueres y su pareja sentimental, la viceministra de Economía, Geannina Dinarte, atienden asuntos de trabajo en la cantina capitalina Buenos Aires, diagonal a la iglesia Santa Teresita, en San José. 


¡NO “ATORNILLEN” MÁS
A LA CLASE TRABAJADORA ASALARIADA!

Grave error reducir monto salarial
exento de renta y nos oponemos a ello

Gobierno toma el lado equivocado


En la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), estamos totalmente en contra de la desafortunada e inoportuna pretensión del Gobierno para reducir el monto salarial exento de tributar renta, actualmente colocado en la cantidad de 793 mil colones.

Esta situación contrasta, radicalmente, con la no menos deplorable decisión gubernativa de ceder a las presiones del gran corporativismo empresarial (mediando su respectiva representación parlamentaria), renunciando a que el fraude fiscal y la evasión tributaria tengan en sede administrativa una fuerte posibilidad de combate.

Los sectores medios de la clase trabajadora que tienen salarios relativamente decentes, sufren de severos endeudamientos y por lo general no tienen acceso a políticas públicas directas que compensen la pérdida del poder adquisitivo que las restricciones de política salarial de los últimos años han impuesto.

Por otra parte, sigue siendo tema de desconfianza, recelo y duda la caída del índice inflacionario según el discurso oficial. Es cuestión de contrastar el mismo con la realidad del bolsillo de la persona trabajadora asalariada y comprobar que no se siente en la cotidianeidad del diario vivir, tal disminución en el indicador principal que mide el costo de la vida.

Se dice que baja la inflación ("deflación"), pero muchas mercancías y muchos servicios no muestran significativas rebajas de precios. Para muestra un botón: la escandalosa situación de las tarifas de autobús que no muestran ni la reducción ni de un centavo. Como sabemos, se han hecho de la “vista gorda” en la Aresep en cuanto a la reducción del precio internacional del petróleo.
                                        
De manera vehemente, exhortamos al Gobierno y, en particular al Ministerio de Hacienda, para que desistan de ampliar la carga tributaria que pesa sobre el salario. Imponer un aumento de la misma es potenciar la llegada de más familias a las cercanías de la vulnerabilidad de pobreza y, seguir reforzando la injusta y perversa senda de la regresividad tributaria.

Vamos a analizar la posibilidad de un debate en sede constitucional acerca de la propiedad jurídica legítima para gravar el salario, considerando que éste es pago por fuerza de trabajo desplegada y no producto de una actividad lucrativa de lógica mercantil.

San José, viernes 11 de setiembre de 2015.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP
Coordinador PATRIA JUSTA: Colectivo Sindical Latinoamericanista

-- 

Nueva ley de moteles recaudará más de ₵700 millones anuales para el IMAS

Nueva ley de moteles recaudará más de ₵700 millones anuales para el IMAS

·         Antes de aprobarse la ley, el promedio de recaudación en los últimos 5 años rondaba los 254 millones.
·         La normativa establece porcentajes de acuerdo al tamaño del negocio.

Viernes 11 de septiembre de 2015. El día de ayer la Asamblea Legislativa aprobó una ley que modifica el impuesto a favor del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) que debe ser pagado por los moteles y similares. La nueva ley cambia la metodología de cálculo del impuesto y se esperaría una recaudación de más de ¢700 millones de colones anuales, superando en casi un 200% la recaudación anual promedio de los últimos años, estimada en ₵254 millones de colones anuales.

La nueva legislación otorga herramientas jurídicas para que el IMAS pueda ordenar el cierre de los establecimientos que incumplan con el pago. De esta forma se combate la informalidad y la competencia desleal de los negocios que operan sin la debida autorización.

Anteriormente el impuesto consistía en el 30% del valor de la tarifa fijada por cada uso de cada habitación. Esto lo han utilizado muchos negocios para facturar hasta más de 95% de como servicio de restaurante y un 5% o menos por uso de habitación con el fin de pagar menos impuestos.

Ante esta situación el IMAS recaudó durante los últimos 5 años tan solo ₵254 millones anuales en promedio, cifra similar a la que se recibía hace más de 10 años. Además tampoco contaba con herramientas legales suficientes para poder llevar a cabo el cobro.

Con la nueva regulación la entidad está facultada para calificar, clasificar y registrar a los establecimientos y cerrar aquellos negocios que no cumplan con la normativa. En el siguiente cuadro se detalla la estimación de la recaudación, según los porcentajes que constituyen el acuerdo entre el IMAS y sector motelero.


Proyección de ingresos
Categoría
%
Recaudación Anual Estimada
A
13%
469,460,784
B
10%
144,739,920
C
5%
129,975,480
TOTAL ANUAL
744,176,184


En los últimos años, el IMAS se ha visto obligado a realizar procesos legales para recaudar lo que han dejado de pagar los moteleros. El mecanismo de la nueva ley le permite al IMAS conciliar con los moteles, lo que permite recuperar de forma expedita las deudas y evitar costos en procesos judiciales.

El Presidente Ejecutivo del IMAS y Ministro de Desarrollo Humano e Inclusión Social, Carlos Alvarado Quesada señaló “Creemos en una triple ganancia. Gana el IMAS más dinero, gana la empresa privada formalidad y seguridad jurídica, pero principalmente ganan las familias que viven en condiciones de pobreza. Esto también demuestra que es posible llegar a acuerdos en un tema que polémico desde el 2003.”

Con la nueva normativa la Estrategia Nacional de Reducción de la Pobreza: Plan Puente al Desarrollo contará con más recursos económicos para atender a las familias que más lo necesitan.



Presidencia Ejecutiva
Teléfono: 2202-4223