miércoles, 28 de julio de 2010

VIDEO NUEVO DE BANTON - CHORICEROS BANTON - CHORICEROS (OFICIAL DE TRÁNSITO 2)

BANTON - OFICIAL DE TRANSITO (VIDEO OFICIAL)

JUEVES 29 DE JULIO MARCHA HACIA LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

PUSC ataco a cristianos, libertarios y liberacionistas por privatización del agua






San José (elpais.cr) - El Partido Unidad Socialcristiano (PUSC), reclamó el doble discurso de la presidenta de la República, del presidente del Congreso, de diputados y cristianos por su doble discurso con el que respaldan la privatización del agua.

El jefe de la Fracción del PUSC, Walter Céspedes Salazar, anunció que su fracción defenderá los recursos de la naturaleza en procura de que su aprovechamiento y utilización sea en beneficio de la mayoría de la población y no de unos pocos que tengan la capacidad de comprarla. Lo dijimos el 1º de mayo y lo reafirmamos hoy.

Ante el cambio de decisión del Partido Liberación Nacional (PLN), de plegarse a la tesis del Movimiento Libertario (ML), de privatizar el agua, Céspedes fustigó el cambio de opinión de la presidenta Laura Chinchilla, del presidente del Congreso, Luís Gerardo Villanueva Monge, quienes inicialmente, hace ocho años, defendieron la necesidad de que el agua estuviera bajo dominio del Estado.

“La posición del ML no sorprende.  Durante más de 4 años han estado procurando entrabar esta reforma constitucional, tal como lo indicó hace más de un mes el Diputado Luís Fishman, cuando los emplazó, como otros miembros del Parlamento, a dejar votar la reforma constitucional, puesto que ya llevan más de mil minutos de discusión de propuestas,  a veces repetidas y a veces imposibles de comprender”, dijo.

Recalcó que “la posición del PLN si genera sorpresa, puesto que siempre se mantuvo, al menos en el discurso, a favor de la protección constitucional que este proyecto le otorga al recurso hídrico”.

“Doña Laura Chinchilla en su programa de Gobierno indicaba como una prioridad de su gobierno: Asegurar el suministro de agua para el consumo humano y para el desarrollo de las actividades productivas y Regular el suministro, tratamiento, concesión y administración del agua en el país”, recordó Céspedes Salazar.

“Y hoy, sorprendentemente, su fracción está en contra de calificar esa protección!”, criticó Céspedes a viva voz en el plenario legislativo. 

El proyecto pretende elevar a rango constitucional, la categoría de  protección que tiene el agua, como bien demanial.  Actualmente, conforme lo establece la Ley de Aguas (artículo 1 y 2), éstas están protegidas y son un bien del Estado, sin embargo la propuesta es elevar esta protección a categoría constitucional.

La exposición de motivos, firmada en su oportunidad por Chinchilla y Villanueva,  sostiene que “los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles y se caracterizan porque ni los particulares ni las instituciones públicas pueden adquirir sobre el uso, aprovechamiento y explotación de estos bienes, derechos permanentes, ni titularidad alguna”.

Ese fue el nivel de protección de don Luis Gerardo Villanueva -Presidente de la Asamblea-, don Carlos Ricardo Benavides –Ministro de Turismo-, don Carlos Avendaño –actual diputado cristiano- y doña Laura Chinchilla Presidenta de la Repúblicas querían darle al agua hace 8 años.  Pero hoy,  pareciera que sus posiciones han variado, dijo Céspedes.

Agregó que ese fue el nivel de protección que la ex diputada María Lourdes Ocampo, sobrina de la Diputada Ocampo Baltodano, hoy presente, quiso darle al recurso hídrico, consciente de las necesidades de su mejor y mayor aprovechamiento, en una provincia que sufre constantemente por la escasez.

“Es incomprensible y llama la atención la falta de consecuencia en actitudes como la del hoy Presidente Villanueva Monge, cuando en noviembre de 2005 firmó apoyando una moción de alteración del orden del día, para que este proyecto ocupara el primer lugar en el Capítulo de Reformas Constitucionales. Y hoy, quiere enterrarlo...!”, recriminó Céspedes.

Resaltó que no es cierto que de aprobarse este proyecto de reforma constitucional, la Asamblea tenga que conocer de todas las concesiones. 

“¿Acaso que eso es lo que ocurre con las fuerzas hidroeléctricas?  Bien se sabe que la Asamblea, para un funcionamiento más efectivo de la protección constitucional, dicta leyes marco, que establecen las condiciones necesarias de la concesión así como su legislación particular y específica.  Actualmente la Ley de Aguas establece en sus artículos 17 a 29, los requisitos para la concesión del recurso hídrico”, dijo.

Céspedes afirmó que “efectivamente el agua ya está protegida.  Eso es cierto.   Pero entonces, ¿por qué se niegan a darle una protección mayor? Me atrevo a pensar que Ustedes creen que es más fácil modificar la ley de aguas que la Constitución Política para los negocios que vengan con la nueva Ley General de Electricidad para favorecer a los más ricos de este país y posiblemente a los que financiaron las campañas políticas”.

GRUPOS RELIGIOSOS ADEUDAN A LA CCSS ₡36.7 MILLONES Y LOS QUIEREN EXONERAR DE IMPUESTOS

Estimados señores Diputados de la Asamblea Legislativa, mucho gusto de saludarlos.
El día de hoy en el Periódico La Nación encuentro una publicación que dice:
“FUE DICTAMINADO AYER.
Avanza plan para exonerar de impuestos a congregaciones
Texto amplía beneficios para dueños de edificios que se usen en cultos”.
En cuanto al tema no me quisiera referir ya que no lo conozco a fondo, sin embargo quisiera de la manera más atenta y respetuosa exponerles lo siguiente:
Haciendo un ligero análisis de los grupos religiosos que le adeudan a la Caja Costarricense de Seguro Social por concepto de cuotas obrero patronales al 1 de junio del año en curso, ya que fue el último listado proporcionado por la Caja al suscrito, se puede observar que algunos razones sociales de éste grupo se encuentran morosos con dicha Institución por un monto de36.748.787.00
#
CEDULA JURIDICA
NOMBRE DE RAZON SOCIAL
MONTO AL 1 JUN 10
1
3002092478
ASOCIACION IGLESIA EVANGELICA LUTERANA DE COSTA RICA
5.558.682
2
3101009528
FUNDACION CATOLICA DE LAS AMERICAS SOCIEDAD ANONIMA
5.246.566
3
3002129485
UNION NACIONAL DE IGLESIAS BAUTISTAS DE COSTA RICA
4.865.673
4
3002390388
ASOCIACION FRATERNIDAD DE IGLESIAS Y MINISTERIOS DEL PACTO
3.222.580
5
3007061729
CONFERENCIA EPISCOPAL NACIONAL DE COSTA RICA
1.788.096
6
3002115120
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA INTERNACIONAL DE COSTA RICA
1.609.842
7
3002066646
ASOCIACION UNIVERSIDAD EVANGELICA DE LAS AMERICAS
1.522.377
8
3002172152
ASOCIACION IGLESIA DE CRISTO PARA LA GLORIA DE DIOS
1.271.292
9
3002362246
ASOCIACION IGLESIA INTERNACIONAL CRISTO CENTRO ALAJUELA
1.069.994
10
3002222689
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO RESTAURACION
1.022.064
11
3002382101
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO INTERNACIONAL
838.080
12
3002308097
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO DE LAGUNA DE SAN ISIDRO DE ALAJUELA
798.812
13
3101228433
REPRESENTACIONES Y PRODUCCIONES CATOLICAS R P C SOCIEDAD ANONIMA
756.884
14
3002056135
ASOCIACION IGLESIA DEL DIOS VIVO COLUMNA Y APOYO DE LA VERDAD LA LUZ DEL MUNDO
728.133
15
3010418099
DIOCESIS DE CARTAGO
510.474
16
3002140770
ASOCIACION IGLESIA METODISTA LIBRE DE COSTA RICA
433.567
17
3002182510
ASOCIACION EVANGELISTICA HACIENDA DEL REY
415.206
18
3002045196
ASOCIACION IGLESIA SANTIDAD PENTECOSTAL CONFERENCIA DE COSTA RICA
366.335
19
3002045600
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA NUEVA JERUSALEM
302.686
20
3002045486
ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA HISPANA
266.960
21
3002115198
ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA SOL DE JUSTICIA
242.845
22
3002132708
ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA MISIONERA TORRE FUERTE
231.085
23
3002376445
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO MONTE DE DIOS
229.542
24
3010045875
LAS TEMPORALIDADES DE LA IGLESIA CATOLICA DIOCESIS DE LIMON
220.051
25
3002272209
ASOCIACION TEMPLO BAUTISTA DE TIBAS
215.722
26
3002107210
ASOCIACION IGLESIA METODISTA NACIONAL
196.999
27
3002171892
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA UNIDA DEL MESIAS
166.949
28
3002130482
ASOCIACION CRISTIANA CENTRO EVANGELISTICO LEON XIII
158.715
29
3002196094
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA DE SANTO TOMAS
138.410
30
3002131450
ASOCIACION IGLESIA PRESBITERIANA DE COSTA RICA
136.086
31
3002468348
ASOCIACION EVANGELISTICA GRUPO TIEMPO DEL FIN
127.579
32
3002132195
ASOCIACION IGLESIA DIVINO SALVADOR
125.428
33
3010045148
TEMPORALIDADES DE LA ARQUIDIOCESIS DE SAN JOSE
125.138
34
3002045922
ASOCIACION DE IGLESIAS BIBLICAS COSTARRICENSES
120.150
35
3002045554
JUNTA GENERAL DE LA IGLESIA DEL NAZARENO
119.711
36
3002051426
ASOCIACION TEMPLO BAUTISTA MISIONERO DE GUADALUPE
112.669
37
3002056333
ASOCIACION IGLESIA NUEVA APOSTOLICA COSTA RICA
109.108
38
3002045077
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA EN CINCO ESQUINAS
108.368
39
3002087159
ASOCIACION IGLESIA DEL NAZARENO DE COSTA RICA DISTRITO CENTRAL
107.964
40
62748003
TEMPORALIDADES ARQUIDIOCECIS DE SAN JOSE
104.318
41
3002541960
ASOCIACION IGLESIA PROFETICA BAUTISTA PROGRESIVA DE LIMON
85.712
42
3002228427
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA DE VILLAS DE AYARCO
76.614
43
3002087433
ASOCIACION PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DE LIBERIA
71.539
44
3002116936
ASOCIACION CONCILIO INTERNACIONAL DE IGLESIAS PENTECOSTALES ARCA EVANGELICA
68.787
45
3002061899
ASOCIACION PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DE PUNTARENAS
65.798
46
3002087559
ASOCIACION IGLESIA FRATERNIDAD CRISTIANA DE SAN RAMON
63.247
47
3012084623
CENTRO EVANGELICO LATINOAMERICANO DE ESTUDIOS PASTORALES INC
62.610
48
3002045995
ASOCIACION EVANGELICA CAM INTERNACIONAL
61.146
49
3002214073
ASOCIACION DE LA IGLESIA LA CENTRAL
60.076
50
3002304877
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO ALIENTO DE VIDA
58.715
51
3002051715
ASOCIACION CENTRO EVANGELICO COSTARRICENSE DE ORGANIZACIONES PARA LA MISION MUNDIAL
58.020
52
3004045921
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE ENTIDADES EVANGELICAS R L
55.576
53
3101176429
ORIENTACION CATOLICA SOCIEDAD ANONIMA
52.866
54
3002186689
ASOCIACION IGLESIA BAUTISTA PROGRESIVA
52.712
55
901487008
CONGREGACION RELIG BETHLEMITAS
42.413
56
3002111289
ASOCIACION ECLESIAL CATOLICA VIVIR EN CRISTO
36.219
57
3002304527
ASOCIACION CENTRO CRISTIANO DE RESTAURACION DIOS ES AMOR
34.597
58
210838009
TEMPORALIDADES DIOCESIS DE TILARAN
31.426
59
3002061072
ASOCIACION DE CARIDAD DE LA RENOVACION CATOLICA
18.074
60
3106108882
IGLESIA LUTERANA COSTARRICENSE SOCIEDAD CIVIL
900





TOTALES

36.748.187





El Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja indica:
Artículo 74.- (…….)
Los patronos y las personas que realicen total o parcialmente actividades independientes o no asalariadas, deberán estar al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme a la ley. Para realizar los siguientes trámites administrativos, será requisito estar al día en el pago de las obligaciones de conformidad con el artículo 31 de esta ley.
1.     La admisibilidad de cualquier solicitud administrativa de autorizaciones que se presente a la Administración Pública y ésta deba acordar en el ejercicio de las funciones públicas de fiscalización y tutela o cuando se trate de solicitudes de permisos, exoneraciones, concesiones o licencias. Para efectos de este artículo, se entiende a la Administración Pública en los términos señalados en el artículo 1 tanto de la Ley General de la Administración Pública como de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2.     En relación con las personas jurídicas, la inscripción de todo documento en los registros públicos mercantil, de asociaciones, de asociaciones deportivas y el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, excepto los expedidos por autoridades judiciales.
3.     Participar en cualquier proceso de contratación pública regulado por la Ley de Contratación Administrativa o por la Ley de Concesión de Obra Pública. En todo contrato administrativo, deberá incluirse una cláusula que establezca como incumplimiento contractual, el no pago de las obligaciones con la seguridad social.
4.     El otorgamiento del beneficio dispuesto en el párrafo segundo del artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
5.     El disfrute de cualquier régimen de exoneración e incentivos fiscales. Será causa de pérdida de las exoneraciones y los incentivos fiscales acordados, el incumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, el cual será determinado dentro de un debido proceso seguido al efecto.
La verificación del cumplimiento de la obligación fijada en este artículo, será competencia de cada una de las instancias administrativas en las que debe efectuarse el trámite respectivo(….)
Por éstas razones señores legisladores, los insto nuevamente para que tomen las medidas del caso para que los grupos religiosos que se encuentren en estado moroso ante la Caja tengan que ponerse a derecho para poder disfrutar de éste beneficio.
Atentamente;

Roberto Mora Salazar
Céd: 1-396-099
Cel: 8340-4504
Correo electrónico: roberto.romoxa@gmail.com
28 de Julio de 2010